Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74

Fecha del Boletín 
27-03-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180327-64

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 6

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Madrid número 6. Procedimiento 952 de 2014, notificación a María Ángeles Miguel Palomo

EDICTO

Doña María del Sagrario Díaz Cuevas, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 6 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio ordinario número 952 de 2014, instados por el procurador don Fernando Anaya García, en nombre y representación de “Ald Automotive”, contra doña María Ángeles Miguel Palomo, don Rafael López Lemus Sarmiento y “Gumar 07 Intermediaciones e Inversiones, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado, en fecha 17 de abril de 2017, sentencia cuyo fallo es el siguiente:

Sentencia número 135 de 2017

Madrid, a 17 de abril de 2017.—La juez/magistrada-juez, ilustrísima señora doña Mónica Guerrero Fraile.

Fallo

Que, estimando la demanda presentada en nombre de “Ald Automotive, Sociedad Anónima Unipersonal”, contra “Gumar 07 Intermediaciones e Inversiones, Sociedad Limitada”, doña María Ángeles Miguel Palomo y don Rafael López Lemus Sarmiento, procede la condena de los demandados a abonar conjunta y solidariamente a la actora la cantidad de 10.820,75 euros de principal, correspondiente a la liquidación del contrato de renting sobre el vehículo matrícula 7727GCN, más los intereses legales desde la interpelación judicial (3 de julio de 2014) y con imposición a los demandados condenados de las costas derivadas de esta instancia.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2434-0000-04-0952-14 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de primera instancia número 6 de Madrid, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 2434-0000-04-0952-14.

Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—El/la juez/magistrado/a juez (firmado).

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandado doña María Ángeles Miguel Palomo, don Rafael López Lemus Sarmiento y “Gumar 07 Intermediaciones e Inversiones, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 28 de febrero de 2018.—La letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(02/9.733/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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