Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74

Fecha del Boletín 
27-03-2018

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180327-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 8

72
Madrid número 8. Procedimiento 134 de 2009, notificación a Alfredo Kraus Ley

EDICTO

En los autos sobre procedimiento ordinario número 134 de 2009 se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia de 12 de diciembre de 2012, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

I. Con estimación de la demanda interpuesta por “Crisdeal, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a don Alfredo Kraus Ley al pago a favor de aquella parte actora de la suma de 13.411,12 euros, más el interés devengado por dicha suma desde la fecha de interposición de la demanda, en cuantía equivalente al interés legal del dinero, que se elevará en dos puntos porcentuales por el tiempo de pago que exceda de la fecha de esta resolución.

II. Debo condenar y condeno al pago de las costas procesales generadas a “Crisdeal, Sociedad Limitada” en el presente litigio e instancia a don Alfredo Kraus Ley, según tasación de las mismas que se realice en incidente promovido al efecto.

III. Debo imponer e impongo el pago de las costas generadas a don Julio Lara Luzón y doña Margarita Lara Martínez a cargo de “Crisdeal, Sociedad Limitada” en cuantía que resulte de la tasación de las mismas que se realice al efecto.

Modo de impugnación: notifíquese esta sentencia a las partes, con expresa prevención de que la misma no es firme, cabiendo contra ella recurso de apelación, que deberá interponerse ante este Juzgado en el plazo de veinte días contados desde el siguiente a su efectiva notificación, siendo resuelto por la Audiencia Provincial.

Y para que sirva de notificación de la sentencia de 28 de diciembre de 2012 a don Alfredo Kraus Ley, se expide el presente.

En Madrid, a 19 de febrero de 2014.—El secretario (firmado).

(02/1.540/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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