Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
03-04-2018

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180403-216

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

216
Madrid número 34. Ejecución 175 de 2017, notificación a Blaztor Servicios Integrales, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D. FERNANDO BENITEZ BENITEZ LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 34 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 175/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. GUADALUPE PAOLA AGUILAR CALDERON frente a BLAZTOR SERVICIOS INTEGRALES SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA:

DISPONGO.- Estimar la demanda incidental formulada por DOÑA GUADALUPE PAOLA AGUILAR CALDERON contra BLAZTOR SERVICIOS INTEGRALES SOCIEDAD LIMITADA, y, en consecuencia,

1.- Declarar que la Empresa ejecutada no ha procedido a readmitir al trabajador/a despedido/a.

2.- Resolver en esta fecha la relación contractual condenando a la ejecutada a que satisfaga a la ejecutante la indemnización rescisoria total de CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE EUROS CON SESENTA Y CINCO CENTIMOS DE EURO.

3.- Condenar a la Empresa a que le satisfaga por el concepto de salarios de tramitación el importe total de VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UN EUROS CON NOVENTA Y TRES CENTIMOS DE EURO, correspondientes al período comprendido entre el día siguiente al despido y el día de esta resolución (679 días).

4.- Condenarle a que mantenga al trabajador/a ejecutante en situación de alta durante el expresado período de tramitación que se extiende desde el día siguiente del despido hasta el día de hoy.

5.- Condenarle a que abone las costas del trámite.

6.- Sin perjuicio todo ello de los pronunciamientos ajenos a este incidente que se contengan en el Fallo de la Sentencia.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de TRES DIAS, que no paralizará ni suspenderá la ejecución, a contar desde el siguiente a su notificación, con expresión de las infracciones legales que se le imputen.

Por este Auto, lo pronuncia, manda y firma DON ANTONIO SEOANE GARCIA, Magistrado titular del Juzgado de lo Social núm. 34 de Madrid y su circunscripción territorial.

Así por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Illmo. Sr.

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a BLAZTOR SERVICIOS INTEGRALES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a siete de marzo de dos mil dieciocho.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/9.419/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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