Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
03-04-2018

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180403-39

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN

CONTRATACIÓN

39
Griñón. Contratación. Licitación prevención riesgos laborales

La Junta de Gobierno Local, en fecha 21 de marzo de 2018, ha adoptado el siguiente acuerdo, que se transcribe literalmente a continuación:

Primero.—Aprobar la corrección de error y omisión de cifra que consta en diversas partes del pliego de cláusulas administrativas particulares que rige el contrato de Servicios de Prevención Laboral del Ayuntamiento de Griñón, tramitado por procedimiento abierto y varios criterios de adjudicación, en virtud de lo que dispone el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El error detectado consiste en lo siguiente:

En el pliego de cláusulas administrativas particulares, cláusula tercera, donde dice:

“Cláusula tercera: presupuesto y precio del contrato. Artículo 26.1.k), 87, 90 del TRLCSP y 67.2 del Real Decreto 1098/2001

El presupuesto máximo estimado para los tres años del contrato se fija en veintiséis mil novecientos veintiocho euros con tres céntimos (26.928,03 euros, IVA incluido), en el que se indicará como partida independiente el importe del impuesto sobre el valor añadido que deba soportar el Ayuntamiento.

Así, pues, con arreglo a las normas establecidas en el artículo 88 del TRLCSP, a efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, y teniendo en cuenta la duración del contrato, el valor estimado de la contratación a realizar asciende a la cantidad de 29.681,82 euros, IVA no incluido.

El importe se desglosa en los siguientes precios unitarios, que constituyen el tipo de licitación, de la siguiente forma:

En el precio del contrato, así como las fijadas en las proposiciones económicas presentadas en el importe de adjudicación, se considerarán incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario o como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego, y demás disposiciones de aplicación.

Revisión de precios: por lo que se refiere a la evolución de los costes, en el presente contrato el componente principal es la mano de obra y este no puede estar incluido en ninguna fórmula que se establezca para aplicar la revisión de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

En consecuencia, de acuerdo con la naturaleza y estructura de costes, se considera que no resulta procedente la revisión de precios durante la vigencia el mismo.

Forma de pago: La facturación se realizará por trimestres vencidos y, por tanto, su pago también será trimestral, mediante domiciliación bancaria”.

El pliego de cláusulas administrativas particulares, cláusula tercera, debe decir:

“Cláusula tercera: presupuesto y precio del contrato. Artículo 26.1.k), 87, 90 del TRLCSP y 67.2 del Real Decreto 1098/2001.

El presupuesto máximo estimado para los tres años del contrato se fija en veintisiete mil trescientos sesenta y nueve euros con tres céntimos (27.369,03 euros, IVA incluido), en el que se indicará como partida independiente el importe del impuesto sobre el valor añadido que deba soportar el Ayuntamiento.

Así, pues, con arreglo a las normas establecidas en el artículo 88 del TRLCSP, a efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, y teniendo en cuenta la duración del contrato, el valor estimado de la contratación a realizar asciende a la cantidad de 29.681,82 euros, IVA no incluido.

El importe se desglosa en los siguientes precios unitarios, que constituyen el tipo de licitación, de la siguiente forma:

En el precio del contrato, así como las fijadas en las proposiciones económicas presentadas en el importe de adjudicación, se considerarán incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario o como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego, y demás disposiciones de aplicación.

Revisión de precios: por lo que se refiere a la evolución de los costes, en el presente contrato el componente principal es la mano de obra y este no puede estar incluido en ninguna fórmula que se establezca para aplicar la revisión de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

En consecuencia, de acuerdo con la naturaleza y estructura de costes, se considera que no resulta procedente la revisión de precios durante la vigencia el mismo.

Forma de pago: la facturación se realizará por trimestres vencidos y, por tanto, su pago también será trimestral, mediante domiciliación bancaria”.

En el pliego de cláusulas administrativas particulares, cláusula cuarta, donde dice:

“Cláusula cuarta: existencia de crédito presupuestario.

El desglose por anualidades es el siguiente:

Año 2018. De 1 de junio a 31 de diciembre: 3.740,00 euros, IVA incluido.

Año 2019. De 1 de enero a 31 de diciembre: 8.976,01 euros, IVA incluido.

Año 2020. De 1 de enero a 31 de diciembre: 8.976,01 euros, IVA incluido.

Año 2021. De 1 de enero a 31 de mayo: 5.236,01 euros, IVA incluido”.

El pliego de cláusulas administrativas particulares, cláusula cuarta, debe decir:

“Cláusula cuarta: existencia de crédito presupuestario.

El desglose por anualidades es el siguiente:

Año 2018. De 1 de junio a 31 de diciembre: 5.321,76 euros, IVA incluido.

Año 2019. De 1 de enero a 31 de diciembre: 9.123,01 euros, IVA incluido.

Año 2020. De 1 de enero a 31 de diciembre: 9.123,01 euros, IVA incluido.

Año 2021. De 1 de enero a 31 de mayo: 3.801,25 euros, IVA incluido”.

En el pliego de cláusulas administrativas particulares, cláusula trigésima segunda, donde dice:

“Cláusula trigésima segunda: oferta económica.

El modelo de oferta económica será el siguiente:

Don …….., representado por …….., con poder bastanteado por el Ayuntamiento, vecino de …….., que señala como domicilio para todos los actos y notificaciones que se relacionen con esta contratación el número ......, de la calle …….., de la ciudad de …….., con teléfono número …….. y fax …….., enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de Servicios en el pliego de condiciones particulares, prescripciones técnicas y propuesta técnica del Servicio Prevención Riesgos Laborales del Ayuntamiento de Griñón:

Se compromete en nombre (propio o de la empresa que representa) a tomar a su cargo la prestación del servicio, con estricta sujeción a los requisitos exigidos, de acuerdo con las condiciones ofertadas, con la presente oferta, desglosada en precios unitarios, de la siguiente forma:

Dicho importe incluye, además todos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos contemplados en el pliego de cláusulas administrativas particulares que rige el contrato.

(Fecha y firma del proponente)”.

El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, cláusula trigésima segunda, debe decir:

“Cláusula trigésima segunda: oferta económica.

El modelo de oferta económica será el siguiente:

Don …….., representado por …….., con poder bastanteado por el Ayuntamiento, vecino de …….., que señala como domicilio para todos los actos y notificaciones que se relacionen con esta contratación el número …….., de la calle …….., de la ciudad de …….., con teléfono número …….. y fax …….., enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de servicios en el pliego de condiciones particulares, prescripciones técnicas y propuesta técnica del Servicio Prevención Riesgos del Laborales del Ayuntamiento de Griñón:

Se compromete en nombre (propio o de la empresa que representa) a tomar a su cargo la prestación del servicio, con estricta sujeción a los requisitos exigidos, de acuerdo con las condiciones ofertadas, con la presente oferta, desglosada en precios unitarios, de la siguiente forma:

Dicho importe incluye, además todos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos contemplados en el pliego de cláusulas administrativas particulares que rige el contrato.

(Fecha y firma del proponente)”.

Segundo.—Proceder a la rectificación del error y a la consiguiente publicación en el “perfil del contratante” del pliego de cláusulas administrativas particulares que incluya el texto de las rectificaciones de error aprobadas en el presente acuerdo.

Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “perfil del contratante”, para conocimiento general, y disponer la apertura de nuevo plazo de presentación de proposiciones para que, en el plazo de quince días naturales señalado en el pliego, los interesados puedan presentar proposiciones; todo ello, en virtud de que el contrato se tramita conforme al texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, vigente en el momento de la aprobación del expediente y del pliego.

Lo que se publica para general conocimiento y a los efectos pertinentes, con indicación de que la rectificación de errores afecta, entre otras cuestiones, al modelo de oferta económica a presentar y, en consecuencia, no podrán ser tenidas en cuenta aquellas proposiciones ya presentadas durante el plazo anunciado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 56 de fecha 7 de marzo de 2018, pudiendo ser retiradas dichas proposiciones en dependencias municipales al objeto de presentar nueva oferta conforme a las rectificaciones aprobadas en el plazo de quince días naturales a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Griñón, a 2 de abril de 2018.—El alcalde-presidente, José María Porras Agenjo.

(01/11.578/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180403-39