Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
05-04-2018

Sección 1.3.95.20: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180405-29

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURAS

ORGANISMO AUTÓNOMO CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID

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RESOLUCIÓN de 19 de marzo de 2018, de la Dirección-Gerencia del Consorcio Regional de Transportes, por la que se fija el precio de la venta al público de las informaciones contenidas en la encuesta domiciliaria de movilidad.

La Dirección-Gerencia del Consorcio Regional de Transportes de Madrid dictó en el año 1998 la Resolución de 23 de abril, por la que se fijaba el precio de venta al público de las informaciones obtenidas relativas al contrato sobre “Encuesta domiciliaria de movilidad en día laborable de 1996 en la Comunidad de Madrid”. Dicha Resolución ha quedado desfasada ya que, por una parte, su precio estaba fijado en la anterior moneda y, por otra parte, se ha producido una nueva encuesta que está a disposición de las empresas o particulares que demanden la información allí contenida.

Por lo expuesto, es necesario actualizar la citada Resolución, para posibilitar el cobro respecto a los trabajos que se han realizado en encuestas posteriores a la citada fecha, así como las que se realicen en el futuro.

La disposición adicional cuarta del Decreto Legislativo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, recoge que el establecimiento de los precios privados, así como la fijación de su cuantía, administración y cobro, corresponderá al órgano competente del Ente institucional gestor de los ingresos.

Por todo ello, se dicta la siguiente

RESOLUCIÓN

Primera

Precio de venta a aplicar

Aprobar el precio de venta al público para las demandas de información obtenida a partir de cualquiera de los trabajos relacionados con las encuestas domiciliarias de movilidad en la Comunidad de Madrid.

Las tarifas aplicables son las siguientes:

— Hasta 10 megabytes de información en soporte digital (10 Mb): 30 euros (más IVA).

— A partir de 10 megabytes de información en soporte digital (más de 10 Mb) la tarifa anterior se incrementará en 2,40 euros (más IVA), por cada megabyte adicional de información.

Segunda

Entrada en vigor

La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 19 de marzo de 2018.—El Director-Gerente, Alfonso Sánchez Vicente.

(03/10.937/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.95.20: I. COMUNIDAD DE MADRID

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