Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
05-04-2018

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180405-44

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

Patronato de Bienestar Social

44
Alcobendas. Régimen económico. Patronato de Bienestar Social. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del decreto 521/2018, de 22 de marzo, de la presidencia del Patronato de Bienestar Social del Ayuntamiento de Alcobendas.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

BDNS 391273

Primero. Beneficiarios.—Asociaciones debidamente registradas en el Registro de Asociaciones, Fundaciones y Entidades Análogas del Ayuntamiento de Alcobendas que dirijan sus actividades mayoritariamente a la infancia y juventud de Alcobendas entre 0 y 30 años.

Excepcionalmente, y con el correspondiente informe técnico que lo autorice, podrán solicitar la subvención asociaciones en trámite de registro municipal, siempre y cuando los trámites de inscripción se hayan iniciado con anterioridad a la publicación de la convocatoria.

Segundo. Objeto.—Fomento del asociacionismo y la participación ciudadana del Ayuntamiento de Alcobendas a través del impulso de actividades de interés público y social que tengan por finalidad: promover y apoyar el asociacionismo, especialmente en la formación de redes asociativas y el desarrollo de servicios de interés general para la colectividad y atribuidos a la competencia local. Fomentar valores sociales y culturales y nuevas formas de participación ciudadana. Favorecer la cooperación entre el sector público y el privado sin ánimo de lucro.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza municipal reguladora de las subvenciones de fomento del asociacionismo y la participación ciudadana del Ayuntamiento de Alcobendas, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de febrero de 2009.

Cuarto. Cuantía.—El importe total máximo destinado a estas subvenciones es de 18.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Será de treinta días naturales a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Sexto. Otros datos.—Las solicitudes se dirigirán a la presidenta del Patronato de Bienestar Social, junto a la documentación requerida en el punto 5 de las bases de la convocatoria, y utilizando los modelos que aparecen como anexos en la misma.

La convocatoria se encuentra íntegramente expuesta en el tablón de edictos del Ayuntamiento, tablón de anuncios de Imagina, y en las páginas web: www.alcobendas.org y www.imaginalcobendas.org

Alcobendas, a 22 de marzo de 2018.—La concejala-delegada de Familia y Protección Social, Salud, Consumo, Infancia, Adolescencia, Juventud, Mayores y Promoción de la Igualdad, presidenta del Patronato de Bienestar Social, Mónica Amada Sánchez Galán.

(03/10.983/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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