Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84

Fecha del Boletín 
09-04-2018

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180409-23

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN

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ORDEN 880/2018, de 26 de marzo, de la Consejería de Educación e Investigación, por la que se modifica la Orden 3295/2016, de 10 de octubre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid los programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento en la Educación Secundaria Obligatoria.

La Orden 3295/2016, de 10 de octubre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid los Programas de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento en la Educación Secundaria Obligatoria, ha fijado de manera expresa las pruebas extraordinarias y la evaluación correspondiente en septiembre. Por otro lado, la Consejería competente en materia de Educación pública anualmente, mediante Orden del Consejero, un calendario escolar destinado a su implementación en el correspondiente año académico.

La estructura del sistema educativo actual así como los sucesivos cambios a que el mismo se ve sometido, tanto con carácter general por la normativa básica y de la Comunidad de Madrid, como en la propia regulación del calendario, que puede ser distinta cada año, aconsejan la modificación de la citada Orden 3295/2016, de 10 de octubre, de manera que presente la virtualidad de ser aplicable a cualquier organización del calendario y pueda adaptarse a cualquier cambio que, en un futuro, pudiera producirse en esta materia.

La modificación se materializa en la supresión del término “septiembre”, permitiendo así, en cualquier año escolar, la aplicación de la norma sin que entre en conflicto con la organización del calendario que la Consejería competente en materia de Educación haya regulado en el caso concreto de que se trate.

La presente norma se adecua a los principios de necesidad, en la medida en que los fines perseguidos están identificados, y, de hecho, por haberse publicado la Orden 2222/2017, de 20 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establece el calendario escolar para el curso 2017-2018 en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid, es preciso adaptar ya en el momento presente la regulación de este aspecto de los programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento dentro de la Educación Secundaria Obligatoria; eficacia, siendo la modificación de la norma el instrumento adecuado para garantizar, con carácter permanente, la consecución del fin perseguido; proporcionalidad, toda vez que esta norma no es restrictiva de derechos ni impone obligaciones a los destinatarios; seguridad jurídica, porque se ejerce de la misma manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico nacional y de la Unión Europea que la norma que modifica, que ya garantizaba dicha seguridad jurídica; transparencia, ya que esta Administración ha seguido el procedimiento que permite a los destinatarios tener una participación activa en su elaboración; y eficiencia, puesto que no impone cargas administrativas innecesarias y accesorias y racionaliza, de hecho, en su aplicación la gestión de los recursos públicos; todo ello de acuerdo con lo previsto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el proceso de elaboración de esta Orden ha emitido dictamen el Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el artículo 2.1.b) de la Ley 12/1999, de 29 de abril, de Creación del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid, modificado por el artículo 29 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre. Asimismo, se ha tenido en cuenta el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Madrid.

En virtud de todo lo anterior, y en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 127/2017, de 24 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación e Investigación, y por el Decreto 48/2015, de 14 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria,

DISPONGO

Artículo único

Modificación de la Orden 3295/2016, de 10 de octubre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid los Programas de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento en la Educación Secundaria Obligatoria

La Orden 3295/2016, de 10 de octubre, queda modificada como sigue:

Uno. El apartado 2 del artículo 8 queda redactado del modo siguiente:

“2. Una vez concluida la evaluación tras las pruebas extraordinarias, el equipo docente emitirá un informe-propuesta conforme al modelo del Anexo IV de esta Orden, firmado por el tutor y dirigido a la Jefatura de Estudios, en el que se indicarán el grado de competencia curricular alcanzado por el alumno en cada una de las materias y las medidas de apoyo que le han sido aplicadas con anterioridad; se especificará, asimismo, que cumple los requisitos establecidos en el artículo 3 de esta Orden y se recogerá la propuesta de incorporación a los Programas de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento”.

Dos. El apartado 6 del artículo 9 queda redactado del siguiente modo:

“6. Al finalizar cada uno de los cursos del programa, los alumnos podrán realizar una prueba extraordinaria, que se celebrará en el plazo marcado al efecto por el calendario escolar vigente, destinada a posibilitar la recuperación de ámbitos o materias. Las calificaciones de los ámbitos se realizarán en los mismos términos que los de las materias”.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 26 de marzo de 2018.

El Consejero de Educación e Investigación, RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR

(03/11.661/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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