Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
20-04-2018

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180420-128

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

128
Madrid número 24. Ejecución 109 de 2015, notificación a Desing Arch, S. L. y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 109/2015 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. YOLANDA ARAGONESES FERNANDEZ frente a D./Dña. MANUEL JULIAN TELLEZ LOPEZ, COMPAÑIA DE DISEÑO DE EVENTOS Y STANDS SL, COLORKREIS DESIGN SL, D./Dña. Eugenio Llamas Pombo, O DESIGN ARCH SL y COLORKREIS, S.L. sobre Ejecución Forzosa del Laudo Arbitral se ha dictado la siguiente resolución:

“Se acuerda la suspensión del señalamiento del día de hoy por falta de citación del administrador concursal de la demandada COMPAÑÍA DE DISEÑO DE EVENTOS Y STAND, D. Pablo Ureña Gutiérrez, y nuevo señalamiento para el próximo día 24/4/2018 a las 11:15 horas, quedando citados los presentes y se acuerda citar a los no comparecientes en el día de hoy.

Con respecto a la oposición manifestada en el escrito de fecha 13/3/2018 por D. Eugenio Llamas Pombo, estese a lo que resulte en comparecencia señalada para el próximo día 24/4/2018.

Con respecto a la prueba solicitada por la representante de Colorkreis Design SL, se acuerda la misma y a tal efecto líbrese exhorto al Juzgado de lo Mercantil correspondiente y, así mismo, requiérasele al administrador concursal para que lo aporte en la vista de 24/4/2018.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a O DESIGN ARCH SL y COMPAÑIA DE DISEÑO DE EVENTOS Y STANDS SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a nueve de abril de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/12.624/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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