Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
20-04-2018

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180420-32

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

32
Alcobendas. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la Resolución 648, de fecha 10 de abril de 2018, de la Presidencia del Patronato de Bienestar Social del Ayuntamiento de Alcobendas, por la que se convocan subvenciones anuales a las asociaciones de salud, bienestar social, consumo y mayores para la realización de sus programas de actividades durante 2018.

BDNS (Identif.): 393797

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Podrán solicitar subvención las asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro debidamente registradas en el Registro de Asociaciones, Fundaciones y Entidades Análogas del Ayuntamiento de Alcobendas que tengan un fin social y que desarrollen proyectos en los ámbitos referidos en la convocatoria. Con carácter excepcional, las agrupaciones de personas físicas que sin tener personalidad jurídica puedan llevar a cabo proyectos, actividades o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.

Segundo. Objeto.—Salud: actividades de aquellas asociaciones o colectivos con patologías específicas que permitan favorecer su integración, autocuidados, asesoramiento, convivencia y participación activa. Proyectos y programas de intervenciones encaminadas a complementar y ampliar los servicios socio-sanitarios existentes en aquellos colectivos o asociaciones antes mencionadas. Serán de este ámbito aquellas asociaciones o colectivos cuyas enfermedades estén dentro del nomenclátor europeo CIE9.

Bienestar social: actividades promovidas por asociaciones dirigidas a la atención de personas con discapacidad y específicamente las de rehabilitación, apoyo psicosocial y grupos de autoayuda que permitan mejorar su calidad de vida y potenciar sus capacidades personales y sociales favoreciendo su integración y participación en la vida social, así como las que promuevan la autonomía personal, bienestar social de las familias y calidad de vida de las personas con discapacidad.

Consumo: proyectos o programas que desarrollen información sobre los derechos y deberes de los consumidores y usuarios.

Mayores: programas que promuevan el asociacionismo y la participación activa de las personas mayores en la vida social del municipio y específicamente las actividades que potencien la convivencia, socialización, creatividad, desarrollo personal, bienestar social y calidad de vida de los mayores asociados.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza municipal reguladora de las subvenciones de fomento del asociacionismo y la participación ciudadana del Ayuntamiento de Alcobendas, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de febrero de 2009.

Cuarto. Cuantía.—El importe total máximo de la convocatoria es de 31.000,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Treinta días naturales a partir del siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—Las solicitudes se dirigirán a la presidenta del Patronato de Bienestar Social del Ayuntamiento de Alcobendas utilizando los modelos que aparecen como anexos a esta convocatoria.

La convocatoria se encuentra íntegramente expuesta en el tablón de edictos del Ayuntamiento, registros municipales y en la página web municipal (www.alcobendas.org).

Alcobendas, a 12 de abril de 2018.—La presidenta del Patronato de Bienestar Social, Mónica Sánchez Galán.

(03/13.199/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180420-32