Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 99

Fecha del Boletín 
26-04-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180426-73

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 71

73
Madrid número 71. Procedimiento 1.263 de 2016, notificación a Silvia Cámara García

EDICTO

Doña Aurora García Álvarez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 71.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.263 de 2016, instados por procurador Ricardo Ludovico Moreno Martín, en nombre y representación de don David Sánchez Gutiérrez, contra doña Silvia Cámara García, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 21 de febrero de 2018 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que, estimando la demanda interpuesta por el procurador Ricardo Ludovico Moreno Martín, en representación de don David Sánchez Gutiérrez, frente a doña Silvia Cámara García, declarada en rebeldía, debo condenarla a que abone a la actora la suma de 9.200 euros, más los intereses legales que respecto a la cantidad de 4.600 euros (fianza) se devengará desde el 2 de junio de 2016 y por lo que respecta a la cantidad entregada en concepto de aval (4.600 euros) desde la fecha de interposición de la demanda.

Con expresa imposición a la demandada de las costas del presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación, que deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de veinte días, contados desde la notificación de esta sentencia, que será resuelto por la Audiencia Provincial de Madrid.

La admisión del recurso precisará que, al prepararse, se haya consignado en la cuenta de depósitos y consignaciones número 0030-1845-00-3250 (cuenta del Juzgado)-XXXX (número del procedimiento con cuatro cifras, anteponiendo, en su caso, los ceros necesarios)-XX (dos última cifras del año del procedimiento), abierta a nombre del Juzgado en la entidad “Banesto” el depósito de 50 euros exigido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009.

Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, la pronuncio, mando y firmo.—El/la magistrado/a-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada doña Silvia Cámara García, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edictos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 21 de marzo de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/12.108/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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