Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 102

Fecha del Boletín 
30-04-2018

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180430-113

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

113
Madrid número 14. Ejecución 117 de 2017, notificación a Emme Restauración 2014, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 117 de 2017 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Karen Stephanie Andrade Patiño frente a “Emme Restauración 2014, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 2 de noviembre de 2017.

La extiendo yo, la letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que han culminado las actuaciones ordenadas en averiguación de bienes de la ejecutada quedando pendiente de satisfacer cantidades.—Doy fe.

Diligencia de ordenación.—La letrada de la Administración de Justicia, María Ángeles Charriel Ardebol.

En Madrid, a 2 de noviembre de 2017.—Visto el estado de las presentes actuaciones, y resultando que aún queda pendiente de satisfacer un principal, intereses legales y costas provisionales por importe, respectivamente, de 1.422,74 euros de principal, más 284,54 euros de intereses y costas provisionalmente calculados, no constando más bienes de la parte ejecutada, “Emme Restauración 2014, Sociedad Limitada”, susceptibles de embargo al margen de los que, en su caso, han sido ya realizados en estos autos, se acuerda dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por plazo de quince días, al amparo de lo dispuesto en el artículo 276.3 de la Ley de la Jurisdicción Social, a fin de que inste la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designe los bienes del deudor de los que tenga constancia.

Modo de impugnación: mediante recuso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse pro escrito en el plazo de tres días hábiles, contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Emme Restauración 2014, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de abril de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/13.041/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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