Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 114

Fecha del Boletín 
14-05-2018

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180514-73

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ARGANDA DEL REY NÚMERO 1

73
Arganda del Rey número 1. Procedimiento 127 de 2016, notificación a Othon Moselly Logbayong

EDICTO

Doña María Magdalena González Sánchez Letrada de la Administración de Justicia y del Juzgado de Primera Instancia n° 1 de Arganda del Rey y su partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado Sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo contienen en siguiente contenido adaptado a la instrucción 6/12 de la Secretaría General de la Administración de Justicia relativa a la publicación de edictos en Diarios y Boletines Oficiales y la protección de datos:

“ENCABEZADO:

Vistos por la Ilma. Dª María Paz Pérez Rúa, Magistrada-Juez de este Juzgado, los presentes autos de Juicio de Modificación de Medidas, registrados bajo el número 127/16 e instados por la Procuradora de los Tribunales Dª María Isabel Carrera Cepedano en nombre y representación de Dª Elise Pocan Kengse, asistida por la Letrada Dª Carole Joanna Andre, contra D. Othon Moselly Logbayong, declarado en situación legal de rebeldía, y con intervención del Ministerio Fiscal.

FALLO

Que debo estimar y estimo en parte la demanda interpuesta por la representación procesal de Dª Elise Pocan Kengse contra D. Othon Moselly Logbayong acordando la modificación de las medidas adoptadas por Sentencia dictada en autos de medidas paterno filiales número 616/11 del Juzgado de Primera Instancia n° 1 de Arganda del Rey (Madrid), con fecha 9 de abril de 2013 en el siguiente sentido:

Se atribuye en exclusiva el ejercicio de la patria potestad á la madre, suspendiéndose el régimen de visitas establecido a favor de D. Othon Moselly Logbayong.

Se mantienen los demás pronunciamientos de la sentencia.

Así, por esta mi sentencia de la que se llevará certificación literal a las actuaciones y que será notificada a las partes y al Ministerio Fiscal, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación, que se: preparará ante este Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el siguiente a la notificación de aquélla, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la sentencia que antecede por la Sra. Magistrado-Juez que la dictó estando celebrando audiencia pública en el día de la fecha. Doy fe”.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido OTHON MOSELLY LOGBAYONG, expido y libro el presente en Arganda del Rey a veinte de febrero de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/14.521/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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