Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 116

Fecha del Boletín 
16-05-2018

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180516-217

Páginas: 3


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

217
Móstoles número 1. Procedimiento 589 de 2017, notificación a AC Modus Limited

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 01 de Móstoles, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 589/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA EUGENIA MARTINEZ DIEZ, D./Dña. MARIANO LARA CARMONA, D./Dña. PATRICIA RODRIGUEZ VILLALBA, D./Dña. JAVIER RODRÍGUEZ MERINO, D./Dña. NOELIA SANCHEZ GARCIA, D./Dña. JUAN RAMÓN CISNEROS REINA, D./Dña. CRISTINA YUGUERO TORRADO, D./Dña. SILVIA AGUILAR ROBLES, D./Dña. ANA APEZTEGUÍA LATASA, D./Dña. GEMA LÓPEZ CERRO, D./Dña. MARIA TERESA PEREZ CASCÓN, D./Dña. FÁTIMA SERRANO MOLINA, D./Dña. MARÍA BIANCA VÁZQUEZ RODRÍGUEZ, D./Dña. REBECA ALVAREZ FERNANDEZ, D./Dña. ROSARIO GUILLEN COSIDO, D./Dña. MARIA DEL MAR MORENO FERNÁNDEZ, D./Dña. MARÍA URQUÍA AGUADO, D./Dña. GABRIELA RIVERO LA TORRE, D./Dña. ALBERTO TORRES LÓPEZ, D./Dña. ROSARIO GALINDO JIMENEZ, D./Dña. ROBERTO GARCIA OYAGÜE, D./Dña. DAMIANA CEPA HERRERRA, D./Dña. ASIER FERNANDEZ DE ERIBE, D./Dña. CAROLINA MORENO PEÑA, D./Dña. JUAN ANTONIO OREJUDO TRENADO, D./Dña. CONCEPCIÓN VERA BOLLO, D./Dña. JOSÉ MANUEL ALONSO PALOMERO, D./Dña. CONCEPCIÓN CUADRADO MEJIAS, D./Dña. PATRICIA ROMERA FIGUEROA y D./Dña. GREGORIA HERNANDEZ HERNANDEZ frente a D./Dña. NUNO- ABEL RIBEIRO FERREIRA, D./Dña. SIMON MARSHALL, D./Dña. HUSSIEN MAMAD MASOUD MOHAMMAD, GLOBAL LEIVA S.L., AC MODUS LIMITED, DESPACHO DE ABOGADOS Y ECONOMISTAS FORENSES SLP, D./Dña. MICHAEL LOUIS WATERS GERARD, FAWAZ ABDULAZIZ AL HOKAIR CO, FAR EAST FASHION DESIGN SL, D./Dña. ANTONIO MUÑOZ PEREA y FAR EAST FASHION TRADING LIMITED sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

DILIGENCIA.- En Móstoles, a veintiocho de febrero de dos mil dieciocho

La extiendo yo, Letrado/a de la Admón. de Justicia, para hacer constar que en este Juzgado de lo Social se siguen autos DSP 600/2017, DSP 601/2017, DSP 591/2017, DSP 611/2017, DSP 606/2017, DSP 607/2017, DSP 862/2017, DSP 865/2017, DSP 593/2017, DSP 612/2017, DSP 605/2017, DSP 863/2017, DSP 622/2017, DSP 866/2017, DSP 603/2017, DSP 599/2017, DSP 590/2017, DSP 601/2017, DSP 864/2017, DSP 621/2017, DSP 610/2017, DSP 613/2017, DSP 620/2017, DSP 602/2017, DSP 609/2017, DSP 614/2017, DSP 608/2017, DSP 596/2017, DSP 597/2017 y DSP 595/2017, que presentan características susceptibles de dar lugar a su acumulación. Paso a dar cuenta. Doy fe.

AUTO

En Móstoles, a veintiocho de febrero de dos mil dieciocho.

PARTE DISPOSITIVA

Se ACUERDA LA ACUMULACIÓN a los presentes autos nº 589/2017, los que se siguen también en este Juzgado con los números DSP 600/2017, DSP 601/2017, DSP 591/2017, DSP 611/2017, DSP 606/2017, DSP 607/2017, DSP 862/2017, DSP 865/2017, DSP 593/2017, DSP 612/2017, DSP 605/2017, DSP 622/2017, DSP 863/2017, DSP 866/2017, DSP 603/2017, DSP 599/2017, DSP 590/2017, DSP 621/2017, DSP 601/2017, DSP 864/2017, DSP 610/2017, DSP 620/2017, DSP 613/2017, DSP 602/2017, DSP 609/2017, DSP 596/2017, DSP 614/2017, DSP 608/2017, DSP 597/2017 y DSP 595/2017, discutiéndose en un solo proceso y decidiéndose en una sola resolución las cuestiones planteadas en todos ellos.

Notifíquese la presente resolución a las partes de todos los procedimientos.

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta 2850-0000-61-0589-17.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

D. FRANCISCO JUAN SANCHEZ DELGADO

EL MAGISTRADO-JUEZ

PROVIDENCIA

ILMO. SR/A.

D. FRANCISO JUAN SANCHEZ DELGADO

En Móstoles, a veintiocho de febrero de dos mil dieciocho.

Dada cuenta, por presentada la anterior demanda, fórmese el oportuno expediente, y visto que en el Hecho Quinto de la demanda, así como en los autos nº 363/17 seguidos en este Juzgado frente a la empresa Global Leiva SL se menciona y se aporta el auto de fecha 27-02-17 dictado por el Juzgado Mercantil de Toledo, que se une a las actuaciones, y de cuyo contenido se desprende que pudiera existir una incompetencia de este órgano jurisdiccional, por razón de la materia, procede conforme establece el art. 5.1º y 3 h) LRJS, dar audiencia a las partes, a los administradores concursales, al Fondo de Garantía Salarial y al Ministerio Fiscal, por plazo común de TRES DÍAS, a fin de que puedan efectuar las alegaciones que a su derecho convenga, con traslado de copia de la demanda y del citado Auto.

Cumplimentado que sea o transcurrido el plazo, dese cuenta para resolver lo que proceda.

A la vista de los escritos presentados por el Letrado de la demandante D. SANTIAGO MAIZ CARRO y la Letrada Dª SANDRA GÓMEZ FERNÁNDEZ en nombre y representación de GLOBAL LEIVA SLU, en el procedimiento 460/2017 que se sigue en el Juzgado Social 2 de Móstoles de los cuales se deja copia en las presentes actuaciones, se procede a intentar la notificación de la presente resolución con copia de la demanda a los demandados en los domicilios indicados en tales escritos.

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta 2850-0000-61-0589-17.

Lo manda y firma S.Sª.

EL/LA MAGISTRADO-JUEZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a AC MODUS LIMITED, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a once de abril de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/14.629/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180516-217