Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 116

Fecha del Boletín 
16-05-2018

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180516-240

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE NÚMERO 4

240
Santa Cruz de Tenerife número 4. Procedimiento 713 de 2017, notificación a Niza Moda, S. L.

EDICTO

D./Dña. FRANCISCO MARTÍN ORTEGA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social Nº 4 DE Santa Cruz de Tenerife l, HAGO SABER: Que en procedimiento tramitado en este Juzgado al 0000713/2017, a instancia de D./Dña MARIA ANGELES DIAZ GARCIA contra D./Dña. EXITANIA S.L., NIZA RED S.L., NIZA MODA S.L., FONDO DE GARANTIA SALARIAL y ELIZABETH MARTÍNEZ PÉREZ se ha dictado SENTENCIA Nº 137/18 de fecha 20/4/18, cuya parte dispositiva es la siguiente:

FALLO

Estimando parcialmente la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Doña María Ángeles Díaz García, asistido por el graduado social Sr. Agustín Otelo Arnay Quevedo, frente a Exitania SL asistido por el graduado social Sr. Antonio Quintas Penedo, Niza Red SL asistido por el letrado Sr. Jose Vega Vega; Niza Moda SL, con la intervención de FOGASA, sobre DESPIDO:

Declaro la improcedencia del despido del trabajador llevado a cabo con fecha de efectos de 29 de junio de 2017. Y en consecuencia debo condenar y condeno a dicha empresa demandada a estar y pasar por esta declaración, y a que, en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, opte entre la readmisión del trabajador en las mismas condiciones que ostentaba con anterioridad al despido, con el abono de los salarios dejados de percibir, o el abono de una indemnización de 14.147,7 euros.

Condeno a la demandada a que abone a la actora la cantidad de 144,66 euros, más con el diez por ciento de mora patronal.

Debo desestimar y desestimo la demanda presentada por Doña María Ángeles Díaz García, asistido por el graduado social Sr. Agustín Otelo Arnay Quevedo frente a Doña Elízabeth Martínez Pérez y, en consecuencia absuelvo a la demandada de todos los pedimentos realizados de contrario.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de1 Canarias, por medio de este Juzgado dentro del plazo de cinco días, contados a partir del siguiente al de la notificación de la misma.

Adviértase al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en BANCO SANTANDER a nombre de este Juzgado, con número 3797-0000-65-0713-17, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la cuenta de Depósito y Consignaciones también abierta en BANCO SANTANDER a nombre de este Juzgado, la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En caso de realizar el ingreso por transferencia el número de cuenta corriente con veinte dígitos es 0049-3569-92-0005001274 debiendo consignar obligatoriamente en el campo “Observaciones” o “Concepto” la cuenta-expediente indicada de dieciséis dígitos. En todo caso, el recurrente deberá designar Letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña NIZA MODA S.L., en ignorado paradero, y haciéndole saber que las Resoluciones íntegras se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado y que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en la oficina judicial, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, expido la presente para su publicación en el BOProv. de MADRID.

En Santa Cruz de Tenerife, a 23 de abril de 2018.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/14.551/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180516-240