Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
22-05-2018

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180522-150

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

150
Madrid número 34. Procedimiento 1.060 de 2017, notificación a JRC Facility Services, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. FERNANDO BENITEZ BENITEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 34 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1060/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MATHER JOHNSON frente a JRC FACILITY SERVICES SL y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO que debo estimar íntegramente la demanda interpuesta por DON MATHER JOHNSON contra JRC FACILITY SERVICES SOCIEDAD LIMITADA habiendo sido emplazado el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, y, en su virtud, CONDENAR a dicha Mercantil a que abone a la parte demandante el importe de MIL SEISCIENTOS SESENTA EUROS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS DE EURO por los conceptos de la demanda. Más los intereses moratorios en la forma y cuantía que se establece en el Fundamento de Derecho tercero de esta resolución.

Se notifica esta Sentencia a las partes con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe interponer Recurso alguno.

Por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

DILIGENCIA.- Madrid, a 24 de abril de 2018.

La anterior sentencia me ha sido entregada en el día de la fecha por DON ANTONIO SEOANE GARCIA, quedando la misma testimoniada en Autos y quedando el original unido al Libro de Sentencias.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a JRC FACILITY SERVICES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinticuatro de abril de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/15.093/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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