Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 122

Fecha del Boletín 
23-05-2018

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180523-75

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 5

75
Móstoles número 5. Procedimiento 1.183 de 2016, notificación a Perifer, S. A.

EDICTO

Doña Águeda García Villegas, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 5 de Móstoles.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.183 de 2016, instados por el procurador don David Toboso Pizarro, en nombre y representación de doña Isabel Pardo González y don Juan Carlos Pardo González, contra “Perifer, Sociedad Anónima”, en los que se ha dictado en fecha 10 de noviembre de 2017 sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

Sentencia número 192 de 2017

En Móstoles, a 10 de noviembre de 2017.—Vistos por mí, Beatriz Martínez Rodríguez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 5 de Móstoles y su partido, los autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado bajo el número 1.183 de 2016, a instancias de don Juan Carlos Pardo González y doña Isabel Pardo González, representados por el procurador señor Toboso y asistidos por el letrado señor del Castillo, contra “Perifer, Sociedad Anónima”, en situación de rebeldía procesal, cuyos autos versan sobre acción declarativa de dominio, y atendiendo al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador señor Toboso, en nombre y representación de don Juan Carlos Pardo González y doña Isabel Pardo González, en los autos de juicio ordinario seguidos contra “Perifer, Sociedad Anónima”, debo declarar y declaro justificada la adquisición de dominio por parte de los referidos actores respecto de la finca vivienda situada en la calle Villaamil, número 44, piso tercero, puerta B, de Móstoles, inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Móstoles, en el tomo 208, libro 155, folio 89, finca número 15.495, en virtud de prescripción adquisitiva.

Asimismo se acuerda la cancelación registral de la titularidad de la finca inscrita actualmente a favor de la demandada “Perifer, Sociedad Anónima”, y acordándose que se proceda a inscribir la misma por mitades indivisas a favor de los actores don Juan Carlos Pardo González y doña Isabel Pardo González.

Procede imponer las costas a la parte demandada.

De conformidad con lo establecido en los artículos 455 y 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la presente sentencia es susceptible de recurso de apelación, que deberá interponerse en este Juzgado en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente a su notificación.

De conformidad con lo establecido en el apartado 3 de la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, se pone en conocimiento de las partes que para la admisión del recurso de apelación, será necesario que en el momento de su preparación se haya consignado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado la cantidad de 50 euros, debiendo acompañar el justificante acreditativo de dicho ingreso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada “Perifer, Sociedad Anónima”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Móstoles, a 26 de abril de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/15.603/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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