Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 123

Fecha del Boletín 
24-05-2018

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180524-39

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible

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Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Reparcelación estadio Santiago Bernabéu

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 12 de abril de 2018 y en el expediente administrativo con número de referencia 711/2017/25.606, ha adoptado el siguiente Acuerdo:

Primero.—Desestimar la alegación formulada durante el período de información pública por el Grupo Socialista del Ayuntamiento de Madrid, en los términos que constan en el informe emitido el 27 de marzo de 2018, de la Dirección General de Planeamiento y Gestión Urbanística.

Segundo.—Aprobar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, el Proyecto de Reparcelación voluntaria para la regularización física y jurídica de las fincas sin redistribución de beneficios y cargas en el ámbito del Plan Especial de Mejora del Medio Urbano y Ordenación Pormenorizada del Estadio Santiago Bernabéu, formalizado en escritura pública otorgada el 12 de enero de 2018, ante el notario de Madrid, don Cruz Gonzalo López-Muller Gómez con el número 33 de su protocolo.

Tercero.—Disponer la notificación individualizada a todos los afectados del presente Acuerdo y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en un diario de los de mayor difusión de la provincia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de la ciudad de Madrid.

Lo que se publica para general conocimiento, significando que este Acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo ha dictado según lo dispuesto en el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar en ambos casos desde el día siguiente a la publicación del presente Acuerdo, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 19 de abril de 2018.—La directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, María Pilar Aguilar Almansa.

(02/14.244/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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