Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 129

Fecha del Boletín 
31-05-2018

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180531-49

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE LA VEGA

OFERTAS DE EMPLEO

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San Martín de la Vega. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de San Martín de la Vega, en sesión ordinaria celebrada el día 10 de mayo de 2018, adoptó, entre otros, el acuerdo de aprobación de las siguientes:

BASES DEL CONCURSO PARA LA PROVISIÓN DE CUATRO PUESTOS DE LIMPIADOR/A POR CONCURSO DE TRASLADOS Y A RESULTAS DEL PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE SAN MARTIN DE LA VEGA

Art. 1. Objeto.—1.1. El objeto de la presente convocatoria es la provisión de cuatro puestos de trabajo vacantes y a resultas de los puestos de limpiador/a del personal laboral de este Ayuntamiento, por el sistema de Concurso de Méritos, según las vacantes siguientes:

1.2. A estos efectos, se entiende por resultas, el puesto que quede vacante como consecuencia de la adjudicación de un nuevo puesto en la resolución del presente concurso y al que tendrán derecho los demás solicitantes por orden de puntuación del concurso.

1.3. Todo ello, con pleno respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad previstos en nuestro ordenamiento jurídico.

Art. 2. Normativa de aplicación y publicidad.—2.1. Con carácter general esta convocatoria se regirá por las presentes Bases específicas y, en lo no previsto en las mismas, por las bases generales de aplicación para la selección de personal laboral de este Ayuntamiento,

2.2. La convocatoria y las presentes bases específicas se publicarán en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento, en su página web y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, computándose los plazos desde la fecha de publicación en este Boletín. Se podrá proceder a exponer en los tablones de anuncios de los centros de trabajo del Ayuntamiento de San Martín de la Vega. Los sucesivos anuncios se publicarán en la página web www.ayto-smv.es y en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento, computándose los plazos desde la fecha de publicación en la Tablón de Edictos.

Art. 3. Requisitos.—3.1. Podrán participar en el presente concurso quienes reúnan el requisito de ser empleado público, laboral fijo de plantilla al servicio del Ayuntamiento de San Martín de la Vega con al menos dos años de antigüedad ocupando los puestos de trabajo como limpiador/a a completa o media jornada y encontrarse en cualquiera de las situaciones previstas para los empleados municipales públicos, salvo la de suspensión firme.

Art. 4. Solicitudes: forma, plazo de presentación y documentación.—4.1. Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria del concurso se dirigirán a la atención del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Martín de la Vega, en el modelo que figura como Anexo I de estas Bases. En ella los aspirantes manifestarán que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos en la presente convocatoria, referidas al día en que concluya el plazo de presentación de instancias. A estos efectos, la presente convocatoria no está sujeta al pago de la Tasa por derechos de examen según la Ordenanza Fiscal correspondiente.

4.2. Se presentará en el Registro General del Ayuntamiento de San Martín de la Vega (Plaza de la Constitución, n.o 1), en horario de atención al público, dentro de los quince días hábiles siguientes al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4.3. Concluido el plazo de presentación de solicitudes no se admitirán solicitudes ni modificación alguna a las peticiones formuladas siendo vinculantes para quienes participen. La solicitud deberá contener obligatoriamente la relación de puestos de trabajo a los que se concursa, con clara indicación del orden de preferencia.

4.4. El personal participante que solicite puestos que supongan contacto habitual con menores, de oficio se solicitará certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales. Asimismo, si en el momento de resultar adjudicatarios definitivos de alguno de dichos puestos se comprueba que existen antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, quedarán excluidos del concurso, por no cumplir los requisitos exigidos en estas Bases.

4.5. La valoración de los méritos se atenderá al criterio de mayor antigüedad en el Ayuntamiento de San Martín de la Vega o en otras administraciones, conforme a la puntuación siguiente por experiencia profesional en el puesto de limpiador/a en el Ayuntamiento de San Martín de la Vega o en otras Administraciones, 0,25 puntos por año de servicio, o fracción de seis meses. La presentación de la solicitud de participación sirve como solicitud de emisión del certificado de antigüedad.

En caso de que resultara un empate en puntuación entre dos o más candidatos/as, se resolverá atendiendo al criterio de mayor edad, y si continuara el empate, se solventará tomando la letra inicial del primer apellido, y siguiendo el orden alfabético, comenzando por la letra Ñ, de conformidad con establecido en la Resolución de 18 de abril de 2017, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, resolviéndose en cualquier caso a favor del aspirante cuya letra inicial del primer apellido esté primera siguiendo el orden alfabético.

Art. 5. Admisión y exclusión de candidatos.—5.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, por la Alcaldía-Presidencia se dictará resolución en el plazo máximo de siete días declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, indicando la causa de exclusión en su caso, que se publicará en el tablón de anuncios municipal y en la página web municipal.

5.2. Dentro de los tres días hábiles siguientes a dicha publicación se podrán efectuar reclamaciones contra la lista de aspirantes admitidos y excluidos y, si transcurre el citado plazo sin que existan, la lista se elevará a definitiva sin necesidad de nueva publicación. Si se formulasen alegaciones, las mismas serán resueltas mediante Resolución de Alcaldía-Presidencia, realizando publicación de relación definitiva de admitidos y excluidos.

5.3. La resolución que apruebe provisionalmente la lista de admitidos y excluidos aprobará la constitución de la Comisión de Valoración, a efectos también de poder promover, en caso que proceda, la abstención/recusación de sus miembros. La resolución se anunciará en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento y en su página web.

5.4. Los errores materiales o de hecho que puedan advertirse en la lista se podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

Art. 6. Comisión de Valoración.—6.1. La Comisión de Valoración estará compuesta por un/a Presidente/a designado por la Alcaldía-Presidencia, un/a Secretario, este/a último/a con voz y voto y que será el de la Corporación o persona en quien delegue y tres vocales.

6.2. Todos los miembros de la Comisión deberán ser personal laboral fijo y perteneciente a Cuerpos o Escalas de grupo de titulación igual o superior al exigido para el puesto convocado, además de poseer grado personal o desempeñar puestos de nivel igual o superior al convocado.

6.3. La composición de la Comisión de Valoración incluirá también la de los respectivos suplentes, que serán designados conjuntamente con los titulares y no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mitad de sus integrantes. Se la faculta para resolver cuantas reclamaciones y dudas surjan. Podrá disponer la incorporación a sus trabajos de Asesores Especialistas limitándose a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas, con voz pero sin voto.

Art. 7. Desarrollo del concurso de traslados.—7.1. Una vez elevado a definitivo el listado de aspirantes admitidos y excluidos en el procedimiento, se procederá por la Comisión de Valoración a valorar las solicitudes presentadas y realizar una propuesta provisional del/la candidato/a que haya obtenido mayor puntuación según los criterios establecidos en las presentes Bases para cada puesto convocado de forma definitiva así como del procedimiento a resultas derivado de las vacantes producidas como consecuencia del presente concurso y al que tendrán derecho los demás solicitantes por orden de puntuación del concurso y orden de preferencia. La valoración de méritos se publicará con desglose de las puntuaciones asignadas y los puestos adjudicados en el Tablón de Edictos y en la página web municipal del Ayuntamiento de San Martín de la Vega, disponiendo de un plazo de tres días hábiles para formular alegaciones a las mismas.

7.2. Una vez transcurrido el plazo de alegaciones a la propuesta provisional y valoración de méritos, sino se hubiesen presentado reclamaciones a las mismas, se elevará a definitiva mediante publicación en el Tablón de Edictos y en la página web municipal. Si hubiera alegaciones, previo informe de la Comisión de Valoración, serán sometidas a la Alcaldía que resolverá motivadamente, adjudicando de forma definitiva los puestos convocados.

7.3. Resueltas las reclamaciones y renuncias a que se refiere la base anterior, por la Alcaldía-Presidencias dictará Resolución definitiva de este concurso de traslados y resultas. Dicha Resolución se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal, sirviendo de notificación a los interesados, a los efectos legales oportunos.

7.4. Los puestos adjudicados una vez resuelto el concurso de traslados serán irrenunciables, no pudiendo el trabajador renunciar a los mismos. La fecha de incorporación a los respectivos puestos se comunicará por la Concejalía de Personal mediante notificación a los interesados.

DISPOSICIÓN FINAL.

Las presentes bases generales y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de la Comisión de Valoración, podrán ser impugnados por los interesados en la forma y plazos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

ANEXO I

La solicitud para la provisión de cuatro puestos de limpiador/a por concurso de traslados y a resultas del personal laboral fijo del Ayuntamiento de San Martín de la Vega, se puede descargar desde la carpeta de “Procesos selectivos” de la siguiente dirección electrónica: http://ayto-smv.es/tramites/tablon-virtual/empleo-publico/.

San Martín de la Vega, a 17 de mayo de 2018.—El alcalde, Rafael Martínez Pérez.

(03/17.273/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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