Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 134

Fecha del Boletín 
06-06-2018

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180606-16

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Área de Gobierno Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno

16
Madrid. Organización y funcionamiento. Área de Gobierno Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno. Delegación de funciones

Acuerdo de 24 de mayo de 2018, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se avoca la competencia para el otorgamiento de una autorización demanial que habilite la implantación del proyecto Madbeach en los Jardines del Descubrimiento, y se delega en la Alcaldía, en el ámbito de las competencias del titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes.

Los Jardines del Descubrimiento, ubicados en el ámbito territorial del Distrito de Salamanca, figuran registrados en el Inventario Separado de Vías Públicas y Zonas Verdes con número de archivo 300.109, con una superficie de 19.928,66 metros cuadrados

La Junta Municipal del Distrito de Salamanca ha recibido una proposición formulada por la promotora “The Ant Company”, a través de la sociedad “Comanchería Inversiones, Sociedad Limitada”, solicitando la utilización de un espacio en los Jardines del Descubrimiento para implantar el proyecto Madbeach, mediante el que se pretende, durante los meses de verano, la recreación de una playa donde se desarrollen actividades relacionadas con el deporte, el ocio, la divulgación y el bienestar.

De conformidad con lo previsto en el apartado 4.o6.2.c) del acuerdo de 29 de octubre de 2015, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos, corresponde a los concejales-presidentes de los Distritos la competencia de otorgar las concesiones y autorizaciones sobre el dominio público en vías públicas, paseos, parques y espacios públicos municipales.

No obstante, existen razones técnicas que aconsejan que, de forma puntual, la autorización demanial que habilite para la implantación del proyecto Madbeach en los Jardines del Descubrimiento (sin abarcar el otorgamiento de la licencia urbanística correspondiente) pueda realizarse desde el Área de Gobierno de Cultura y Deportes.

Dichas razones se derivan, por una parte, de la mayor experiencia acumulada en el Área de Gobierno de Cultura y Deportes con respecto a la gestión de procedimientos en materia de otorgamiento de concesiones y autorizaciones demaniales vinculadas a la implantación de proyectos complejos de carácter cultural, deportivo y recreativo; y, por otra, del hecho de que aquella cuenta con el personal técnico idóneo y suficiente para tramitar los correspondientes procedimientos de forma más eficaz y eficiente.

Asimismo, existen razones de urgencia, pues, teniendo en cuenta la inminencia para el posible comienzo de las actividades del proyecto Madbeach, se requiere que el inicio de las actuaciones administrativas se produzca sin dilación por parte de los servicios municipales correspondientes del Área de Gobierno de Cultura y Deportes.

Para ello, resulta preciso que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, avoque la competencia previamente delegada en el concejal-presidente del Distrito de Salamanca, conforme a lo dispuesto en el referido apartado 4.o6.2.c) del acuerdo de 29 de octubre de 2015, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos, y que tal competencia sea posteriormente delegada en la Alcaldía, en ejercicio de las funciones del titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, según lo establecido en el Decreto de 30 de marzo de 2017, de la Alcaldesa, por el que se modifica el decreto de 13 de junio de 2015, por el que se nombra a los miembros de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, a los tenientes de alcalde, a los titulares de las Áreas de Gobierno y a los concejales-presidentes de los Distritos.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.e) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta de la alcaldesa, en ejercicio de las competencias del titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes y del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social, que eleva la titular del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo en su calidad de primera teniente de alcalde y, previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 24 de mayo de 2018, acuerda:

Primero.—Avocar la competencia delegada en el concejal-presidente del Distrito de Salamanca en el apartado 4.o.6.2.c) del acuerdo de 29 de octubre de 2015, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos, única y exclusivamente para el otorgamiento de una autorización demanial que habilite la implantación del proyecto Madbeach en los Jardines del Descubrimiento.

Segundo.—Delegar en la Alcaldía la competencia avocada en el apartado anterior, en el ámbito de las competencias del titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes cuyo ejercicio corresponde a la Alcaldía, de conformidad con el decreto de 30 de marzo de 2017, de la alcaldesa, por el que se modifica el decreto de 13 de junio de 2015, de nombramiento de los miembros de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, tenientes de alcalde, titulares de las Áreas de Gobierno y concejales-presidentes de los Distritos.

Tercero.—Se faculta a la Alcaldía, en el ámbito de las competencias del titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, a dictar los decretos precisos para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.

Cuarto.—Se faculta a la Gerencia de la Ciudad para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.

Quinto.—Quedan sin efecto todos los acuerdos que se opongan o contradigan lo establecido en el presente acuerdo.

Sexto.—El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.

Séptimo.—Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo.

Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.

Madrid, a 25 de mayo de 2018.—La directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, María Pilar Aguilar Almansa.

(03/18.056/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180606-16