Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135

Fecha del Boletín 
07-06-2018

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180607-37

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA

OFERTAS DE EMPLEO

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Collado Villalba. Ofertas de empleo. Aspirantes proceso selectivo

Con fecha 23 de abril, la concejala de Hacienda y Personal ha dictado la resolución 1624/2018, cuyo tenor literal es el siguiente:

RESOLUCIÓN

Vistas las bases generales por las que se rigen los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Collado Villalba en ejecución del procedimiento de consolidación de empleo temporal en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno de 26 de junio de 2008 y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 162, de 9 de julio de 2008, resuelvo:

Primero.—Designar el tribunal de selección de seis puestos de celador (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 53, de 4 de marzo de 2010; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 201, de 23 de agosto de 2016, y “Boletín Oficial del Estado” número 218, de 9 de septiembre de 2016) a cubrir por el sistema de concurso-oposición en turno libre:

— Presidente/a:

• Titular: don José Antonio Gómez Gilgado.

Suplente: don Mario Salcedo Redondo.

— Vocales:

• Titular: don Juan Carlos González González.

Suplente: don Pedro Herranz García.

• Titular: don Mariano Balandín Jiménez.

Suplente: don Jesús Ruiz Martín Peñasco.

• Titular: doña Purificación Estévez Martín.

Suplente: doña Alicia Botas Domínguez.

• Titular: doña Nuria Carrión Nieto.

Suplente: doña Nuria Sesmero Blas.

— Secretario/a:

• Titular: doña Esperanza Hernández Piñeiro.

Suplente: doña Beatriz López Soto.

La actuación de este tribunal se regirá por lo establecido en las bases específicas de esta convocatoria y en las bases generales por las que se rigen los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Collado Villalba en ejecución del procedimiento de consolidación de empleo temporal en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno de 26 de junio de 2008 y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 162, de 9 de julio de 2008.

Se expondrá al público y se notificará a los interesados a efectos de lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sobre abstención y recusación de los miembros del tribunal.

Segundo.—Aprobar la lista provisional de admitidos y excluidos del proceso selectivo seis puestos de celador.



Los aspirantes que no figuren en la relación de admitidos y excluidos o aquellos cuyos datos aparezcan de forma errónea dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de subsanar el defecto que haya motivado la falta de inclusión o la inclusión con datos erróneos, en los términos establecidos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Finalizado el plazo de subsanación, se dictará resolución declarando aprobada la lista definitiva de admitidos que será expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Tercero.—Publicar esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de la página web del Ayuntamiento de Collado Villalba.

Lo que mando con mi firma, en Collado Villalba, a 3 de mayo de 2018.—La concejal de Personal, María del Mar Gil Matesanz.—Doy fe, el secretario general, Ignacio Rodrigo Rodríguez Pozuelo.

(02/15.509/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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