Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135

Fecha del Boletín 
07-06-2018

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180607-39

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Fuenlabrada. Organización y funcionamiento. Delegación competencias

Siendo preceptiva la publicación y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se da publicidad al acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en la sesión del día 18 de mayo de 2018, en relación con las competencias delegadas al concejal don Óscar Valero Romero:

El acuerdo adoptado en la sesión de la Junta de Gobierno Local de fecha 18 de mayo de 2018, del siguiente tenor literal:

«2.0. Aprobación de delegaciones de competencias:

Vista la propuesta presentada por el alcalde-presidente, que transcrita literalmente dice:

“Que en virtud de decreto de la Alcaldía-Presidencia de fecha 7 de febrero de 2018, se ha nombrado a don Óscar Valero Romero como concejal-delegado en materia de sostenibilidad, obras públicas, mantenimiento urbano, mantenimiento de edificios públicos, cooperación al desarrollo, consumo, comercio y sanidad.

Que con el objeto de facilitar la gestión municipal y conseguir una mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas del Gobierno, procede realizar una nueva delegación de determinadas competencias por parte esta Junta de Gobierno Local.

Considerando lo establecido por el artículo 127.1.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, corresponde a la Junta de Gobierno Local la concesión de cualquier tipo de licencia, salvo que la legislación sectorial la atribuya expresamente a otro órgano.

Considerando lo establecido por el artículo 127.2, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, esta podrá delegar los demás concejales las funciones enumeradas en los párrafos e), f), g), h), con excepción de la aprobación de la relación de puestos de trabajo, de las retribuciones del personal, de la oferta de empleo público, de la determinación del número y del régimen del personal eventual y de la separación del servicio de los funcionarios, y l) del citado precepto.

Considerando lo señalado por el artículo 19.1 de la Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid, la participación de animales en ferias, exposiciones, concursos, filmaciones, exhibiciones o cualquier otra actividad, requerirá la autorización previa del Ayuntamiento en cuyo municipio se desarrolle esta actividad.

Considerando lo señalado por la Ley 1/1997, de 8 de enero, Reguladora de la Venta Ambulante de la Comunidad de Madrid, artículo 6.1, corresponderá a cada Ayuntamiento, dentro de su término municipal, la autorización para el ejercicio de la venta ambulante en mercadillos.

Considerando lo señalado por el artículo 25.2.k) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, compete al municipio las competencias en materia de cementerios y actividades funerarias.

Considerando lo señalado por la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios funerarios del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

En base a los antecedentes descritos y en virtud de los fundamentos jurídicos expuestos, se propone a la Junta de Gobierno Local:

Primero.—Delegar en el concejal don Óscar Valero Romero:

— Las autorizaciones relativas a la participación de animales en ferias, exposiciones, concursos, filmaciones, exhibiciones o cualquier otra actividad.

— Las autorizaciones para el ejercicio de la venta ambulante en mercadillos.

— Las autorizaciones que se concedan en materia de actividades funerarias.

Segundo.—Notificar el presente al interesado.

Tercero.—Proceder a su publicación el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de los concejales asistentes, aprobar la propuesta».

Fuenlabrada, a 22 de mayo de 2018.—El alcalde, Francisco Javier Ayala Ortega.

(03/18.307/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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