Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 138

Fecha del Boletín 
11-06-2018

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180611-37

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo

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Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo. Extracto convocatoria subvenciones

Decreto de 29 de mayo de 2018, de la delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo del Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueba la rectificación de errores materiales en el texto de la convocatoria pública de subvenciones 2018 a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Integración Comunitaria y Emergencia Social.

BDNS (Identif.): 400007

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la modificación de la convocatoria 2018 cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Se aprueban las siguientes modificaciones en la convocatoria pública de subvenciones a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Integración Comunitaria y Emergencia Social, aprobada por Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo de 11 de mayo de 2018, en el artículo, apartado y párrafos que se citan y que quedan redactados en los siguientes términos:

Artículo 9, donde dice:

“2.14. El proyecto cuenta con personal voluntario para el desarrollo del proyecto (máximo 3 puntos).

— Cuenta con personal voluntario para el desarrollo del proyecto: 2 puntos.

— No cuenta con personal voluntario: 0 puntos”.

Debe decir:

“2.14. El proyecto cuenta con personal voluntario para el desarrollo del proyecto (máximo 3 puntos).

— Cuenta con personal voluntario para el desarrollo del proyecto: 3 puntos.

— No cuenta con personal voluntario: 0 puntos”.

No viéndose afectado por esta rectificación el plazo establecido para la presentación de las solicitudes de subvención.

Madrid, a 29 de mayo de 2018.—La delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, Marta Higueras Garrobo.

(03/19.555/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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