Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 140

Fecha del Boletín 
13-06-2018

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180613-38

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MORATA DE TAJUÑA

RÉGIMEN ECONÓMICO

38
Morata de Tajuña. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Convocatoria de ayudas de carácter social para la colaboración en el pago de la obligación tributaria derivada del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana año 2018.

BDNS (Identif.): 399099

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.1) de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Resultarán beneficiarios de la presente ayuda las personas físicas que sean sujetos pasivos del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana del ejercicio fiscal 2018, cuando dicho inmueble constituya la residencia habitual y que acrediten la condición de ser su domicilio de empadronamiento a la fecha de devengo (1 de enero de 2018).

Segundo. Objeto.—La concesión de ayudas de carácter social para la colaboración en el pago de la obligación tributaria derivada del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana año 2018.

Tercero. Bases reguladoras.—La presente convocatoria se regula por las bases aprobadas por el Pleno municipal con fecha 26 de abril de 2018.

Cuarta. Cuantía.—El crédito máximo disponible consignado en el presupuesto general del ejercicio 2018 asciende a 10.000 euros. El importe máximo de cada ayuda no podrá superar la cantidad de 350,00 euros.

El criterio de concesión, hasta alcanzar el máximo presupuestado, priorizará las solicitudes cuyas unidades familiares tengan ingresos anuales más bajos por miembro de unidad familiar; en caso de rentas iguales se concederán las ayudas priorizando la solicitud que haya entrado con anterioridad en registro debidamente cumplimentada.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Estas ayudas económicas se concederán a instancia de parte, siendo el plazo de presentación de solicitudes de treinta días naturales a contar desde el 1 de julio de 2018.

Morata de Tajuña, a 4 de junio de 2018.—El alcalde, Ángel M. Sánchez Sacristán.

(03/19.653/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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