Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 144

Fecha del Boletín 
18-06-2018

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180618-67

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MEJORADA DEL CAMPO

RÉGIMEN ECONÓMICO

67
Mejorada del Campo. Régimen económico. Precio público

El Pleno del Ayuntamiento de Mejorada del Campo, en su sesión ordinaria de 31 de mayo de 2018, acordó aprobar el establecimiento del precio público por la prestación del servicio de manutención en el Centro de Día, quedando como se indica a continuación:

“Acuerdo de establecimiento del precio público por la prestación del servicio de comedor del campamento deportivo municipal de verano

Artículo 1. Concepto.—De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 en relación con el artículo 41 de Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece el acuerdo del precio público por la prestación del servicio de comedor del campamento deportivo municipal de verano.

Art. 2. Obligados al pago.—Están obligados al pago del precio público aquí regulado, aquellas personas que utilicen el servicio prestado a que se refiere el artículo anterior.

Art. 3. Importe del servicio de manutención.—La cuantía del precio público por la prestación del servicio de comedor (comida) en el campamento municipal de verano, será de 5,50 euros/día.

Art. 4. Gestión y pago.—La Administración y cobro de los precios establecidos se llevará a cabo por la administración de la Concejalía de Deportes, Comunicación y Hacienda por sí mismo o con la colaboración del departamento correspondiente de este Ayuntamiento.

La forma de pago: será mediante ingreso en cuenta o tarjeta. El justificante del ingreso o por tarjeta debe ser aportado antes de la prestación del servicio”.

En Mejorada del Campo, a 7 de junio de 2017.—El concejal-delegado de Hacienda, PD de la Alcaldía mediante decreto 547/2015, de 18 de junio de 2015, José Javier Santiago Hernández.

(03/19.549/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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