Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 148

Fecha del Boletín 
22-06-2018

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180622-41

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVALCARNERO

URBANISMO

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Navalcarnero. Urbanismo. Estudio Detalle travesía de San Roque

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de mayo de 2018, adoptó, por delegación del alcalde-presidente según resolución de 25 de junio de 2015, el acuerdo de admitir a trámite y aprobar inicialmente el Estudio de Detalle presentado por doña Lucía Arribas Dávila y otros, referido al solar sito en travesía de San Roque, número 5, de Navalcarnero, como promotora del mismo, entre las que figuran como propietarios del solar don Jesús Arribas Folguera y doña María del Rosario Dávila Garcilópez, y que suscriben la mencionada instancia.

Asimismo, con fecha 6 de marzo del mismo año, se presentó escrito por el también propietario don José Benito Arribas Folguera, adhiriéndose a la propuesta de ordenación mediante Estudio de Detalle.

El Estudio de Detalle presentado, se refiere a un solar de 453,30 metros cuadrados, con una edificabilidad computable de 467,30 metros cuadrados, y una ocupación de 233,66 metros cuadrados que se ordena más allá de los 14 metros contados desde la calle y en el que se propone un edificio de dos plantas sobre rasante, y una zona de elementos comunes, disponiéndose en el cuerpo interior del edificio la posibilidad de agotar la edificabilidad en una planta bajo cubierta. Junto a lo anterior, se dispone una planta semisótano no computable donde se ubicarán las plazas de garaje que prevé el planeamiento. El acceso peatonal y de vehículos se produce a través del cuerpo de edificación situado junto a la calle mediante rampas de acceso a cielo abierto en la mayor parte del recorrido, y requerir a la propiedad para que presente la documentación que se interesa en el citado acuerdo.

Lo que se somete a información pública durante el plazo de veinte días, contados a partir del siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, pudiéndose examinar la documentación en las oficinas municipales y presentar las alegaciones que se tengan por convenientes, de conformidad con lo previsto en los artículos 60 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y artículo 65 y siguientes, del Reglamento de Planeamiento Urbanístico de 1978 y artículo 70 ter, de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Navalcarnero, a 30 de mayo de 2018.—El alcalde-presidente, José Luis Adell Fernández.

(02/19.110/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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