Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 148

Fecha del Boletín 
22-06-2018

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180622-68

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 17

68
Madrid número 17. Procedimiento 512 de 2018, notificación a Francisco José Maridueña Chancay

EDICTO

Doña María Ángeles Manzano Paule, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 17 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 512 de 2018 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

Sentencia número 87 de 2018

Madrid, a 13 de marzo de 2018.—La magistrada-juez, Inmaculada Lova Ruiz.

Vistos por mí, doña Inmaculada Lova Ruiz, magistrada-juez de este Juzgado de instrucción número 17 de Madrid, los presentes autos de juicio sobre delito leve número 512 de 2018, contra don Francisco José Maridueña Chancay, en los que ha sido parte el ministerio fiscal, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente sentencia.

Fallo

Que, debo condenar y condeno a don Francisco José Maridueña Chancay, como autor de un delito leve de hurto, en grado de tentativa, a la pena de veinticinco días de multa con cuota diaria de 8 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como a que abone las costas del juicio.

Se alza el depósito de los efectos intervenidos propiedad de “El Corte Inglés” decretándose la entrega definitiva.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días que se interpondrá por escrito ante este Juzgado y autorizado con firme de letrado.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez.

Publicación

Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la suscribe, estando celebrada audiencia pública, doy fe.

En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberá ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Francisco José Maridueña Chancay, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 28 de mayo de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/19.095/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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