Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 156

Fecha del Boletín 
02-07-2018

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180702-118

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 5

118
Colmenar Viejo número 5. Procedimiento 643 de 2016, notificación a Héctor Barrutia Vázquez

EDICTO

Don José Luis Sanz Hernández, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 5 de Colmenar Viejo.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 643 de 2016, instados por el procurador don Juan Manuel Mansilla García, en nombre y representación de doña Penélope Raquel Baños Giménez, contra don Héctor Barrutia Vázquez, en reclamación de 10.770,55 euros, en los que se ha dictado el 29 de mayo de 2018 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Estimo la demanda formulada por el procurador don Juan Manuel Mansilla García, en representación de doña Penélope Raquel Baños Jiménez, contra don Héctor Barrutia Vázquez, y, en consecuencia, declaro:

1.o La extinción del condominio existente sobre la vivienda sita en Hoyo de Manzanares, paraje “La Covachuela”, piso segundo derecha del portal A del edificio número 8, actualmente calle Manzanares, número 55.

2.o La procedencia de su división en la forma prevista por los artículos 404, 406 y 1062 del Código Civil.

3.o El derecho de ambas partes a disfrutar en exclusiva de la cosa común hasta que se proceda a su efectiva división, por períodos alternativos de veinticuatro meses comenzando por la parte actora.

Y condeno al demandado a pasar por las anteriores declaraciones, así como a abonar a la actora la cantidad de 10.770,55 euros, más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de la interpelación judicial, así como al pago de las costas.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Héctor Barrutia Vázquez y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Colmenar Viejo, a 4 de junio de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/20.177/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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