Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 158

Fecha del Boletín 
04-07-2018

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180704-21

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN

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ORDEN 2210/2018, de 20 de junio, de la Consejería de Educación e Investigación, por la que se concede una beca de excelencia para cursar estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid en el curso 2017-2018 a un alumno suplente del turno de inicio.

El Decreto 127/2017, de 24 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación e Investigación, atribuye a la Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores el ejercicio de las funciones relativas a enseñanza universitaria y, en particular, la instrumentación de la política general de becas, ayudas y créditos a los estudiantes y el impulso y, en su caso, la coordinación de iniciativas de promoción de ayudas al estudio.

Con la finalidad de potenciar la calidad del sistema universitario madrileño, la Orden 2069/2016, de 23 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 157 de 4 de julio de 2016) en la redacción dada por la Orden 2181/2017, de 26 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 166, de 14 de julio de 2017), establece las bases reguladoras de estas ayudas, destinadas a los alumnos con rendimiento académico excelente matriculados en enseñanzas oficiales en una universidad o en un centro superior de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid en 2017-2018.

Dichas bases son las que rigen la Orden 3113/2017, de 29 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 se septiembre de 2017), por la que se convocan las presentes ayudas para el curso 2017-2018, publicada en la forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 211 de 5 de septiembre.

Una vez concluido el proceso de evaluación de las solicitudes presentadas, la Orden 4621/2017, de 15 de diciembre, resuelve la convocatoria para el turno de nuevo ingreso concediendo 1.125 becas ordenadas según la puntuación obtenida así como la relación de personas beneficiarias suplentes, priorizados también según orden de puntuación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de enero de 2018).

Con posterioridad a la concesión, se registró con fecha 15 de enero de 2108 escrito de doñaMaría de la Cinta Naranjo Sánchez renunciando a la beca concedida. En este sentido, el artículo 17.5 de la Orden 2069/2016, de 23 de junio, de bases reguladoras prevé: “Se elaborará un listado con los alumnos que, cumpliendo los requisitos establecidos en las presentes bases, no hayan obtenido la condición de beneficiarios por haberse rebasado la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria, ordenados conforme a los criterios expuestos en el artículo 16. En el caso de que en el plazo de un mes desde la publicación de la Orden de resolución de la convocatoria, se produjese alguna renuncia de aquellos alumnos que hubiesen resultado beneficiarios, se concederá la ayuda al solicitante o solicitantes siguientes a aquellos en orden de puntuación”.

Atendiendo a estas circunstancias, de conformidad y en el uso de las atribuciones investidas por el Decreto 80/2017, de 25 de septiembre, por el que se crea la Consejería de Educación e Investigación y por el Decreto 127/2017, de 24 de octubre, por el que se establece su estructura orgánica, y de las demás que me confieren las disposiciones en vigor, una vez realizada la correspondiente fiscalización previa,

DISPONGO

Primero

De conformidad con el artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, aceptar la renuncia presentada por doña María de la Cinta Naranjo Sánchez (NIF ****8842) y declarar concluso el procedimiento por haber reintegrado el importe de dicha beca (EMI001/2018/0000020531).

Segundo

Reconocer el derecho a percibir la ayuda económica que corresponde a la beca a don Pablo Arjona Gamboa (NIF ****2162), por ser el solicitante siguiente en orden de puntuación y cumplir los requisitos de prelación establecidos en el artículo 17 de la Orden 2069/2016, de 23 de junio.

El nuevo beneficiario encabeza como primer suplente el listado hecho público por la Orden 4621/2017, de 15 de diciembre, con una nota media total de 12,536 y fecha de entrada en registro de la solicitud el día 13 de septiembre de 2017 a las 9:03 horas.

El crédito destinado a financiar esta beca cuyo importe asciende a 2.100 euros se financiará con cargo al subconcepto 45200, del programa 322C, de los vigentes Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.

Tercero

Para la adjudicación de esta beca se ha seguido el procedimiento de concesión de subvenciones regladas en concurrencia competitiva, previsto en la citada Orden 2181/2017, de 26 de junio, reguladora de estas ayudas y en las demás disposiciones aplicables.

La obtención de las ayudas conlleva para sus beneficiarios, la aceptación de las obligaciones que para cada caso determina el artículo 20 de las bases reguladoras, así como la que les impone la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento, aprobado por Decreto 887/2006, de 21 de julio y la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,

En lo no previsto por esta Orden, se estará a lo dispuesto en la citada Ley 2/1995, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, especialmente en lo que se refiere a control de las ayudas y a reintegros.

Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Consejero de Educación e Investigación, en el plazo de un mes, o bien directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, computados tanto este como aquel a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 20 de junio de 2018.

El Consejero de Educación e Investigación, RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR

(03/21.748/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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