Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 160

Fecha del Boletín 
06-07-2018

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180706-163

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

163
Madrid número 14. Procedimiento 21 de 2017, notificación a Andrés José Mendieta Borreguero

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 21/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JUAN CARLOS QUILUMBA AVILA frente a D./Dña. ANDRES MENDIETA RUIZ, AUTOS BACOR SL, AUTOS MENDIETA SL, TALLERES TINEO 97, S.L., CHIQUIRUEDAS LAS MATAS, D./Dña. ANDRES JOSE MENDIETA BORREGUERO y SLOW MOON SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

En Madrid, a diez de abril de dos mil dieciocho.

PARTE DISPOSITIVA

Acuerde aclarar la Sentencia de las presentes actuaciones, quedando el fallo en los siguientes términos, FALLO :

ESTIMANDO la demanda de despido a instancia de DON JUAN CARLOS QUILUMBA ÁVILA frente a AUTOS BACOR SL , AUTOS MENDIETA SL , SLOW MOON SL y TALLERES TINEO 97 , debo declarar y declaro NULO el despido del actor y declaro EXTINGUIDA la relación laboral que unía a las partes con efectos desde la presente resolución. CONDENANDO solidariamente a las empresas demandadas AUTOS MENDIETA SL, AUTOS BACOR SL Y SLOW MOON SL a abonar al actor en concepto de indemnización 29.477,48 euros. Sin que proceda el abono de salarios de tramitación.

Absolviendo a TALLERES TINEO 97 SL.

Teniendo por desistido al actor respecto a CHIQUIRUEDAS LAS MATAS SL, ANDRÉS MENDIETA RUIS Y ANDRÉS MENDIETA BORREGUERO.

Sin hacer pronunciamiento alguno respecto al FOGASA, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria en caso de insolvencia provisional de la empresa.

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilma. Sra. Magistrado - Juez

MARÍA ROMERO – VALDESPINO JIMÉNEZ

EL MAGISTRADO-JUEZ

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. .Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. ANDRES JOSE MENDIETA BORREGUERO , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a trece de junio de dos mil dieciocho .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/20.613/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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