Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 160

Fecha del Boletín 
06-07-2018

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180706-60

Páginas: 7


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

OFERTAS DE EMPLEO

60
San Sebastián de los Reyes. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

La Junta de Gobierno Local, en sesión de 5 de junio de 2018, aprobó la Convocatoria y las Bases para la provisión, mediante Promoción Interna, de una plaza de Técnico Especialista Coordinador, del tenor literal siguiente:

CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN, POR PROMOCIÓN INTERNA, DE UNA PLAZA DE TECNICO ESPECIALISTA COORDINADOR

BASES

Primera. Objeto de la convocatoria

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante promoción interna de una plaza de Técnico Especialista Coordinador, perteneciente al Grupo C, Subgrupo C1, Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, nivel de complemento de destino 20, vacante en la Relación de Puestos de Trabajo, en la Plantilla y publicada en la Oferta de Empleo Público del 2016.

El presente proceso selectivo servirá para la confección de una eventual lista de espera para cubrir eventuales plazas vacantes que se produzcan en la plantilla.

1.2. La realización de las pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley 7/85 de 2 de abril; R.D.L. 781/86 de 18 de abril; Ley 30/84, de 2 de agosto; R.D. 364/95 de 10 de marzo; R.D. 896/91 de 7 de junio; Ley 53/84, de 26 de diciembre y en el R.D. Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, así como en la restante legislación aplicable al personal funcionario al servicio de la Administración Local y a las normas de esta convocatoria.

1.3. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de Concurso-Oposición.

1.5. Las funciones propias de las plazas, serán entre otras, las siguientes:

— Coordinar los trabajos de soporte microinformático municipal:

• Gestión de la relación técnica con el proveedor de servicios (microinformática y telefonía móvil) y cumplimiento de contratos de soporte por parte de terceros.

• Reparto de tareas técnicas al personal municipal prestando servicio de soporte microinformático y del personal externo.

• Seguimiento de incidencias desde su entrada hasta su resolución final.

• Relación con personal municipal para reclamaciones y quejas.

• Control del inventario municipal y de la aplicación de gestión de incidencias.

• Realizar recomendaciones y aportar mejoras al servicio de soporte microinformático para su reflejo tanto en los pliegos de prescripciones técnicas como en la operativa del servicio.

• Si se requiere, realizar informes técnicos de adjudicación sobre el servicio de soporte microinformática y el servicio de telefonía móvil.

• Elaboración de manuales de instalación, configuración y operación de servicios y aplicaciones en puestos cliente.

• Resolver incidencias microinformáticas y de telefonía móvil cuando sea necesario así como realizar instalaciones y configuraciones.

— Prestar soporte administrativo al servicio de informática, administración electrónica y Sistemas del Ayuntamiento para: seguimiento de contratos mayores y menores, elaboración de propuestas de gasto, gestión del registro de entrada y salida del servicio.

Esta relación de funciones no es exhaustiva, ya que en general corresponden a los titulares de estas plazas todas aquellas que, en la línea de las descritas y similares a ellas, sean precisas para la buena marcha del servicio, bajo la dependencia, dirección y control de la correspondiente Jefatura del Servicio o Sección.

Segunda. Requisitos de los aspirantes

Para ser admitido a participar en el proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o ciudadano de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Pertenecer como funcionario de carrera o personal laboral fijo encuadrado en el Grupo C, Subgrupo C2, excepto el personal perteneciente al Cuerpo de Policía Local.

d) Estar en posesión del título académico del Bachiller, FP II o equivalente, o en condiciones de obtenerlo, el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

e) Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios prestados en Cuerpos o Escalas de Subgrupo C2.

f) Poseer la capacidad funcional suficiente para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo, Escala o Categoría profesional objeto de la convocatoria.

Tercera. Presentación de solicitudes

3.1. Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se presentarán en el Registro Municipal o por cualquiera de los medios previstos en la legislación vigente.

A las solicitudes, deberá acompañarse:

— Fotocopia del DNI o autorización para la consulta de plataforma SVD.

— Justificante de abono de derechos de participación en el proceso selectivo.

— Fotocopia de la titulación exigida o autorización para la consulta de plataforma SVD.

La presentación al proceso selectivo implica la autorización del candidato a la exposición de sus datos personales en la web municipal y en Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

3.2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, después de haberse publicado íntegramente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarta. Documentación de la fase de concurso

Los aspirantes que superen la fase de oposición, dispondrán de un plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación del anuncio con las calificaciones del tercer ejercicio, para presentar la documentación acreditativa de los méritos a valorar en la Fase de Concurso:

— Currículum vitae, de acuerdo a los apartados y baremos de la base quinta, detallando experiencia profesional, formación, titulación, etc.

— Fotocopia de los documentos que acrediten los méritos a valorar, sin perjuicio de su posterior cotejo con ocasión del nombramiento correspondiente.

— Respecto a la experiencia laboral es necesaria la presentación del certificado de vida laboral expedido por la Tesorería de la Seguridad Social, que acredite el tiempo trabajado, junto con los contratos, certificados y/o nóminas que acrediten las funciones del puesto desempeñado.

— Sólo se valorarán los méritos debidamente acreditados.

— Toda la documentación aportada para la fase de concurso que no esté en Lengua Española se dará por no válida. Para la traducción de dicha documentación deberán contactar con los Traductores Intérpretes Jurados nombrados por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, para cuya traducción e interpretación han sido habilitados (www.maec.es).

Quinta. Lista de admitidos y excluidos

5.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el/la Concejal/a Delegado/a de RRHH adoptará Decreto, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, en su caso, con mención expresa al motivo de la exclusión, que se hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal http://www.ssreyes.org, concediéndose a los aspirantes excluidos un plazo de diez días a efectos de reclamaciones.

5.6. Transcurrido dicho plazo, el Concejal Delegado de RRHH adoptará un nuevo Decreto con la lista definitiva de admitidos y excluidos. El mismo Decreto, se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y contendrá también la composición nominal del Tribunal Calificador con sus titulares y suplentes, además del lugar, fecha y hora del inicio de las pruebas selectivas.

Sexta. Tribunal Calificador

6.1. Composición.

El Tribunal Calificador estará constituido de la siguiente forma:

Presidente:

— Un funcionario municipal propuesto por la Concejalía Delegada de RR.HH.

Vocales:

— Cuatro funcionarios municipales propuestos por Concejalía Delegada de RR.HH.

Secretario: Un funcionario municipal propuesto por Concejalía Delegada de RR.HH.

Los vocales miembros del Tribunal Calificador deberán reunir los requisitos establecidos en el art. 4, apdo. e), del R.D. 896/91, de 7 de junio.

6.2. Recusación y abstención:

Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal y estos abstenerse cuando concurran las circunstancias previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

6.3. Actuación y constitución del Tribunal:

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo, de tres de sus miembros titulares o suplentes.

El Tribunal resolverá por mayoría de votos de los miembros presentes todas las dudas que surjan de la aplicación de las normas contenidas en estas bases y determinará la actuación procedente en los casos no previstos. Sus acuerdos sólo podrán ser impugnados por los interesados en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas durante el proceso selectivo.

Asimismo, el Tribunal adoptará las medidas necesarias para la realización de los ejercicios de los aspirantes discapacitados, de forma que gocen de igualdad de oportunidades con los demás aspirantes

Séptima. Proceso selectivo

El proceso selectivo constará de dos fases: oposición y concurso. En primer lugar se celebrará la fase de oposición.

7.1. Fases del Proceso.

El proceso selectivo constará de dos partes: oposición y concurso.

7.2. Fase de oposición.

Esta fase constará de dos ejercicios eliminatorios.

— Primer ejercicio: cuestionario tipo test de 50 preguntas en un tiempo de 60 minutos, relacionadas con el programa que figura en el anexo de esta convocatoria: 10 preguntas correspondientes al Bloque I y 40 preguntas correspondientes al resto de Bloques del Temario.

Los aspirantes que acrediten haber superado los conocimientos del Bloque I del Anexo a través de las pruebas de ingreso, quedarán exentos del mismo en el ejercicio propuesto.

— Segundo ejercicio: un supuesto práctico o prueba práctica propuestos por el Tribunal relacionado con las funciones del puesto y que versará sobre el temario de los Bloques II, III y IV. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario un mínimo de 5 puntos para superarlo.

En el caso de que el supuesto requiera la utilización de equipos o herramientas informáticas el Tribunal lo informará –indicando las características técnicas- junto a la publicación de la fecha del segundo ejercicio.

Llamamiento y orden de actuación de los aspirantes:

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo para el segundo ejercicio, en el que el tribunal podrá hacerlo de forma fraccionada de acuerdo a las disponibilidad de los medios necesarios para el correcto desarrollo de la prueba.

Salvo en casos de fuerza mayor, invocados con anterioridad deliberadamente justificados y apreciados por el Tribunal con absoluta libertad de criterio, la no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el momento de ser llamado determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, quedando excluido en consecuencia del procedimiento selectivo.

7.3. Fase de Concurso. En esta fase el Tribunal valorará los méritos alegados de acuerdo con el siguiente baremo:

A. Experiencia profesional: hasta un máximo de 4 puntos.

— Por trabajos desarrollados en cualquier Administración Pública, en puestos del mismo Subgrupo, en el mismo ámbito del puesto a cubrir 0,40 puntos/año (por períodos inferiores al año se prorrateará por meses).

— Por haber desempeñado en cualquier Administración Pública puestos en mismo Subgrupo del puesto a cubrir, no necesariamente en el mismo ámbito, en el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes 0,30 puntos/año.

— Por haber desempeñado en cualquier Administración Pública puestos en Subgrupo (o Grupo cuando no haya subgrupo) inmediatamente inferior en el mismo ámbito, 0,30 puntos/año.

— Por haber desempeñado puestos en Subgrupo (o Grupo cuando no haya subgrupo) inmediatamente inferior, no necesariamente en el mismo ámbito, 0,20 puntos/año.

— En el caso de que los trabajos se hayan realizado en el sector privado o tercer sector, 0,10 puntos por año.

En todos los casos solo se contemplarán los períodos igual o superiores a 6 meses.

B. Formación técnica (hasta un máximo de 4 puntos).

Serán objeto de valoración los cursos de formación y perfeccionamiento directamente relacionados con las funciones de la plaza a cubrir e impartidos por el Ayuntamiento y demás Administraciones Públicas, en centros o entidades que no sean Administraciones Públicas pero que estén dirigidos a empleados públicos, hasta 4 puntos, a razón de 0,10 puntos por cada 20horas de formación acreditad con un máximo de 1 punto por curso.

Se valorarán también aquellas acciones formativas sobre elementos, dispositivos o programas específicos de uso habitual en el puesto de trabajo, que correspondan a entidades reconocidas por la profesión a razón de 0,10 puntos por cada 20horas de formación acreditada, con un máximo de 1 punto por curso.

No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las horas de duración ni las asistencias a jornadas, seminarios y similares.

C. Otros méritos (Máximo 2 puntos).

a) Por estar en posesión de título académico superior al exigido en la convocatoria hasta un máximo de 1 punto conforme al baremo siguiente:

— FP tercer grado o equivalente: 0,50 puntos.

— Diplomado o equivalente: 0,75 puntos.

— Licenciatura, grado o equivalente: 1 punto.

— Por estar en posesión de títulos académicos o certificados de profesionalidad directamente relacionados con las funciones de la plaza cubrir (siempre que no se pida como requisito): 2 puntos.

7.4. La valoración de los méritos se ajustará a los siguientes criterios:

Primero.—A efectos de su comprobación se exigirá la presentación del correspondiente certificado de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, junto con el certificado de la Administración Pública o de la empresa privada correspondiente.

Segundo.—A efectos de lo dispuesto en los puntos de la experiencia, los contratos de tiempo parcial se computarán como jornada completa siempre que su jornada sea igual o superior al 50 por 100.

Tercero.—La formación aportada donde no conste número de horas no será objeto de valoración.

Octava. Calificación del proceso selectivo

8.1. Fase de oposición:

En la fase de oposición, cada uno de los dos ejercicios será calificado de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 en cada uno de ellos.

Primer ejercicio:

— Las preguntas relativas al Bloque I se calificarán de APTO o NO APTO, resultando APTO cuando se obtenga una puntuación mínima de 5 puntos.

— Las preguntas relativas al resto de Bloques se calificarán de 0 a 10 puntos, una vez declarado APTO en el Bloque anterior, siendo necesario un mínimo de 5 puntos para superarlo.

Segundo ejercicio:

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario un mínimo de 5 puntos para superarlo.

Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación definitiva de cada ejercicio. Cuando entre las puntuaciones otorgadas por los miembros del Tribunal exista una diferencia de tres o más enteros entre las calificaciones máxima y mínima, serán automáticamente excluidas y se hallará la puntuación media entre las calificaciones restantes.

El Tribunal prefijará los elementos que serán objeto de valoración.

8.2. Fase de concurso.

El concurso se valorará entre 0 y 10 puntos de acuerdo con el baremo establecido en la base quinta.

Novena. Calificación definitiva y orden de colocación de los aspirantes

La calificación final del proceso será el resultado de sumar la puntuación obtenida en la Fase de Oposición más la obtenida en la Fase de Concurso.

CD = FO + FC

Criterios de desempate:

1. La mayor puntuación en la fase de oposición.

2. La mayor puntuación obtenida la fase de concurso.

3. La mayor puntuación obtenida en cada uno de los méritos de la fase de concurso en el orden que figuran en el presente procedimiento.

4. De persistir el empate, se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra que resultara del sorteo anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública vigente en la fecha límite de presentación de solicitudes.

Décima. Lista de seleccionados y propuesta del Tribunal

10.1. Publicación de la lista de aprobados:

Terminada la calificación de las pruebas selectivas, el Tribunal publicará la relación de aprobados por el orden de puntuación en la intranet, en la web municipal y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas.

10.2. Elevación de la lista y Acta de la última sesión:

Simultáneamente a su publicación, el Tribunal elevará la propuesta de nombramiento a la Concejalía Delegada de Recursos Humanos. Al propio tiempo, remitirá a dicha autoridad el acta de la última sesión.

Undécima. Presentación de documentos y contratación

El aspirante propuesto presentará en el Registro del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes los siguientes documentos acreditativos de que posee las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria:

a) Fotocopia compulsada del D.N.I. o autorización para la consulta de plataforma SVD.

b) Fotocopia autentificada o autorización de consulta de ese dato en la plataforma SVD.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

d) Declaración jurada o promesa de poseer capacidad funcional suficiente para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo, Escala o Categoría Profesional objeto de la convocatoria.

11.1. Plazo:

El plazo de presentación de estos documentos será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados en la intranet, en la web municipal y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

11.2. Falta de presentación de documentos:

El aspirante propuesto que dentro del plazo señalado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentara su documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria.

11.3. Nombramiento y toma de posesión:

Concluido el proceso selectivo y aportado los documentos a que se refiere la base anterior, la Alcaldía-Presidencia procederá al nombramiento como Funcionarios de Carrera, hasta el límite de plazas anunciadas y que se hallen dotadas presupuestariamente. Dichos nombramientos serán publicados en el “Boletín Oficial del Estado”.

Duodécima. Incidencias

Para lo no dispuesto en estas bases, se estará a lo establecido en el Reglamento General para el Ingreso en la Administración Pública, Real Decreto Legislativo 781/86 de 18 de abril y demás normas concordantes.

ANEXO

Bloque I

1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Principios generales.

2. Los derechos y deberes fundamentales de los españoles.

3. La Corona. Las Cortes Generales: composición, atribuciones y funcionamiento.

4. El Gobierno y la Administración del Estado. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.

5. La Administración Pública en el Ordenamiento español. Administración territorial, institucional y corporativa.

6. La organización territorial del Estado en la Constitución. La Administración Local. Las Comunidades Autónomas. Estatutos de Autonomía.

7. Principios de actuación de la Administración Pública. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes de Derecho Público.

8. El acto administrativo. Eficacia y validez de los actos administrativos. Revisión.

Bloque II

Gestión y administración electrónica

9. Presupuesto de Sistemas de Información. Tipos de contratos.

10. Sistemas y métodos de control de contratos y proveedores de Sistemas de Información y Telefonía.

11. Conceptos básicos de la factura electrónica.

12. Firma electrónica: criptografía clave simétrica y asimétrica, certificados digitales.

13. Portafirmas Red Sara. Aplicación Autofirm@ de la AGE. Plataforma Valide de la AGE.

14. Firma electrónica: plataforma @Firma y certificados de empleado público.

15. Ley 39/2015: Notificaciones Electrónicas.

16. Ley 39/2015: Registro Electrónico.

17. Ley 40/2015: Funcionamiento electrónico del sector público.

18. El DNI electrónico.

19. El Sistema y la regulación de las quejas, sugerencias y reclamaciones del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes.

Bloque III

Tecnología básica

20. Estructura general computador: Arquitectura Von Neumann.

21. Memoria, tipos y jerarquía.

22. Sistemas Operativo Windows 7: administración usuarios mediante Consola Directorio Activo, perfiles fijos y móviles, mapeo unidades.

23. Familia protocolos Internet.

24. Sistema operativo Android y configuración de aplicaciones, certificados digitales, acceso a correo electrónico, navegación.

25. Telefonía móvil: portabilidades, mantenimiento y configuración básica terminales.

26. Sistema Nombre Dominios: Componentes, partes de un dominio, jerarquía DNS.

27. Principios básicos de telefonía IP: centralitas IP, teléfonos IP, conectividad.

Bloque IV

Soporte microinformático

28. Permisos NTFS en Windows.

29. Licencias Microsoft para Gobierno.

30. ITIL v3: Operación del Servicio. Gestión de Eventos.

31. Gestión de Incidencias y Peticiones según manual buenas prácticas itSMF.

32. Aplicación software libre gestión incidencias: Administración General.

33. Herramientas Windows 7 para Solucionar Problemas Hardware y Software

34. Solucionar problemas conectividad red en Windows 7 con Solucionador Problemas Windows. Configuración de red en Windows.

35. Solucionar problemas resolución nombres en Windows 7 con Solucionador Problemas Windows.

36. Solucionar problemas impresoras red en Windows 7 con Solucionador Problemas Windows.

37. Autenticación usuarios Windows 7.

38. Configurar y solucionar problemas seguridad en Internet Explorer.

39. Resolver problemas sobre Malware: configuración antivirus en red.

40. Elaboración de manuales de instalación, configuración y mantenimiento.

En San Sebastián de los Reyes, a 5 de junio de 2018.—El concejal-delegado de Recursos Humanos, Javier Heras Villegas.

(03/21.960/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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