Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 160

Fecha del Boletín 
06-07-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180706-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 59

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Madrid número 59. Procedimiento 134 de 2016, notificación a Loredana Estefanía Constantin

EDICTO

Doña Eusebia Martín Cuesta, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 59 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 134 de 2016, instados por la procuradora doña Eloísa María Prieto Palomeque, en nombre y representación de don Alejandro Luis Romero Sesmero y doña Begoña Romero Cruz, contra doña Loredana Estefania Constantin y don Francisco Laredo Jiménez, en los que se ha dictado en fecha 1 de marzo de 2018 sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda formulada por la procuradora señora Prieto Palomeque, en representación de don Alejandro Luis Romero Sesmero y doña Begoña Romero Cruz, debo condenar y condeno a doña Loredana Stefania Constantin y a don Francisco Laredo Jiménez a que de modo solidario abonen a la actora la cantidad de 725 euros, cuya cantidad desde la fecha de la demanda hasta su completo pago se incrementará mediante la aplicación de los intereses legales correspondientes que, desde la fecha de la presente resolución, serán los previstos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y sin que haya lugar a hacer expreso pronunciamiento sobre costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, advirtiéndoles que contra la misma no se admitirá recurso alguno al tratarse de un procedimiento seguido en reclamación de cantidad, y no superar su cuantía los 3.000 euros, de conformidad con el apartado 1 del artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, según redacción dada mediante Ley 37/2011, de 10 de octubre.

Así por esta su sentencia, de la que se expedirá certificación literal para su unión a los autos, incorporándose el original de la misma al libro de sentencias que en este Juzgado se custodia, lo pronuncia, manda y firma.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados doña Loredana Estefania Constantin y don Francisco Laredo Jiménez y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 22 de mayo de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/18.250/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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