Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
11-07-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180711-65

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 14

65
Madrid número 14. Procedimiento 34 de 2017, notificación a María Ehminda Gómez Gómez

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 34 de 2017, instados por procuradora doña Elena María Medina Cuadros, en nombre y representación “Unión Fenosa Distribución, Sociedad Anónima”, contra doña María Ehminda Gómez Gómez, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 19 de junio de 2017 cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 251 de 2017

En la Villa de Madrid, a 19 de junio de 2017.—La ilustrísima señora doña María José García Juanes, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 14 de Madrid; habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal número 34 de 2017; promovidos a instancia de “Unión Fenosa Distribución, Sociedad Anónima”, y en su representación la procuradora de los tribunales doña Elena Medina Cuadros, y asistida de la letrada doña Amelia Cuadros Espinosa contra doña María Ehminda Gómez Gómez, declaración en rebeldía; sobre reclamación de cantidad y otras; y,

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora doña Elena Medina Cuadros, en nombre de “Unión Fenosa Distribución, Sociedad Anónima”, contra doña María Ehminda Gómez Gómez:

1. Debo condenar y condeno a esta demandada, a que pague a la demandante la cantidad de 2.558,46 euros, más los intereses legales correspondientes.

2. Debo condenar y condeno a esta demanda, a abonar el precio que corresponda según energía consumida desde el 16 de junio de 2015 hasta la desconexión y retirada del contador o hasta formalización del contrato de suministro, más los intereses legales correspondientes, y bajo el apercibimiento que si se negare a formalizar contrato, se autorizará la entrada al domicilio para desconexión del contador.

3. Todo ello con imposición de las costas causadas en el procedimiento a la parte demandada.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada doña Erhinda Gómez y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la sentencia por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 24 de enero de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia, Raquel Molina Onteniente.

(02/21.802/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180711-65