Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
16-07-2018

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180716-140

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

140
Madrid número 11. Ejecución 241 de 2017, notificación a Asesoría Técnica Administrativa, S. L., y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ENCARNACION GUTIERREZ GUÍO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 11 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 241/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. LAURA ALIAGA CUENCA frente a, ASESORIA TECNICA ADMINISTRATIVA SL, PFA PREVENCION DE RIESGOS LABORALES SA, REBIS ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS SL, sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA (AUTO 19/06/2018)

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. LAURA ALIAGA CUENCA , frente a la demandada ASESORIA TECNICA ADMINISTRATIVA SL, PFA PREVENCION DE RIESGOS LABORALES SA y REBIS ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS SL, parte ejecutada, por un principal de 49677,54 más 4967 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

No ha lugar al despacho de ejecución respecto de la mercantil PFA SPRIL, S.L (actualmente denominada CLIPRESAL EN LIQUIDACION) por haberse declarado en situación de concurso de acreedores por auto de 28/07/2016 dictado por el Juzgado de lo Mercantil nº 9 de Madrid

No ha lugar al despacho de ejecución respecto de la mercantil GRUPO DE ASESORIAS PFA SL por haberse declarado en situación de concurso de acreedores por auto de 31/05/2017 dictado por el Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Madrid

PARTE DISPOSITIVA (DECRETO 19/06/2018)

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:

Se acuerda el embargo de las DEVOLUCIONES TRIBUTARIAS que la AEAT tenga pendientes de devolver a la parte ejecutada. A tal efecto, realícese la petición de cargo por requerimiento judicial a través de la Cuenta de Consignaciones Judiciales.

Se acuerda el embargo de los saldos de a favor del ejecutado, en las siguientes entidades objeto de averiguación por este juzgado en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades reclamadas. Líbrense los oficios necesarios en las entidades bancarias y/o de crédito donde se hará constar la orden de retención y de puesta a disposición con los apercibimientos legales que para el caso de incumplimiento de esta orden pudiera incurrir el receptor de la misma, quien deberá expedir recibo acreditativo de la recepción de la orden y quien deberá hacer constar las cantidades que el ejecutado, en ese instante, dispusiere en tal entidad. A tal efecto, realícese la petición de cargo por requerimiento judicial a través de la Cuenta de Consignaciones Judiciales.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ASESORIA TECNICA ADMINISTRATIVA SL, PFA PREVENCION DE RIESGOS LABORALES SA y REBIS ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecinueve de junio de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/21.928/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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