Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 170

Fecha del Boletín 
18-07-2018

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180718-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 3

87
Colmenar Viejo número 3. Procedimiento 601 de 2017, notificación a Pectu montajes, S. L.

EDICTO

En el presente procedimiento seguido a instancias de “Banco Popular Español” frente a “Pectu Montajes, Sociedad Limitada” se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia número 57 de 2018

En Colmenar Viejo, a 21 de marzo de 2018.—Don Ignacio Arconada Viguera, juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Colmenar Viejo, ha visto los presentes autos de juicio verbal número 601 de 2017, seguidos a instancias de “Banco Popular Español”, representado por el procurador señor García Guillén y asistido del letrado señor García García, contra “Pectu Montajes, Sociedad Limitada”, en rebeldía, sobre resolución contractual y obligación de hacer.

Fallo

Que estimando como estimo la demanda presentada a instancias de “Banco Popular Español” por el procurador señor García Guillén, debo condenar y condeno a “Pectu Montajes, Sociedad Limitada” a la entrega inmediata del siguiente vehículo turismo a la actora: contrato número 540-0774404, “Audi” A8, número de bastidor WAYZZZ4E25N002024, matrícula 3559CYJ.

Procediéndose a la entrega de las llaves de las mismas que deberían obrar en poder de este Juzgado.

Todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra ella podrán interponer recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid conforme establece el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

La anterior sentencia ha sido dictada, leída y publicada el día de su fecha por el juez que la suscribe estando en audiencia pública con mi asistencia.—Doy fe.

Se expide el presente para su publicación en este BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a fin de que sirva de notificación en forma a la demandada “Pectu Montajes, Sociedad Limitada” en rebeldía.

En Colmenar Viejo, a 21 de junio de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/22.772/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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