Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
23-07-2018

Sección 1.2.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180723-7

Páginas: 14


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN

7
RESOLUCIÓN de 19 de julio de 2018, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se modifica la lista definitiva de admitidos y excluidos publicada por Resolución de 28 de mayo, la lista complementaria publicada por Resolución de 11 de julio de 2018 y las listas con las puntuaciones definitivas alcanzadas en la fase de concurso en los procedimientos selectivos convocados por Resolución de 6 de marzo de 2018 y de 10 de mayo de 2018.

Por Resolución de 28 de mayo de 2018, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación e Investigación, por la que se aprueba y anuncia la exposición de las listas definitivas de admitidos y excluidos en los procedimientos selectivos para el ingreso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los citados cuerpos, convocado por Resolución de 6 de marzo de 2018, y se anuncia la fecha de exposición de la valoración provisional de méritos, la fecha en la que las Comisiones de Selección anunciarán el día y hora del acto de presentación de los aspirantes así como su citación para la realización de las pruebas, la distribución de aspirantes y los centros en que se desarrollarán las mismas.

Por Resolución de 11 de julio de 2018, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación e Investigación, se publican las listas complementarias de admitidos y excluidos en los procedimientos selectivos de ingreso y accesos a los Cuerpos docentes de la Comunidad de Madrid convocados por Resolución de 6 de marzo de 2018 y Resolución de 10 de mayo de 2018.

En el apartado Primero de la Resolución de 5 de julio de 2018, de la Dirección General de Recursos Humanos se anuncia la exposición de las listas con las puntuaciones definitivas alcanzadas en la fase de concurso, en los procedimientos selectivos, a partir del 13 de julio, en las Direcciones de Área Territorial, en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería, en la Oficina de Atención al Ciudadano, y, a efectos meramente informativos, en el portal personal + educación.

Esta Dirección General ha resuelto rectificar las citadas Resoluciones, de conformidad con lo dispuesto en los siguientes apartados:

Primero

Se excluye de la lista de admitidos por el procedimiento de adquisición de nuevas especialidades, a Don Carlos de Olague Smithson, en la especialidad de Tecnología, por no reunir los requisitos exigidos en la Resolución del proceso selectivo de 6 de marzo de 2018.

Segundo

Se modifica la lista complementaria de admitidos y excluidos publicada como Anexo I de la Resolución de 11 de julio de 2018 en el siguiente sentido:

Donde dice: “Cuerpo: 0590 Profesores de Enseñanza Secundaria, Especialidad: Educación Física, Acceso: 1 turno libre: Gutiérrez Benito, Gerardo”, debe decir:” Donde dice: “Cuerpo: 0590 Profesores de Enseñanza Secundaria, Especialidad: Francés, Acceso: 1 turno libre: Gutiérrez Benito, Gerardo”.

Tercero

Por estimación de recurso de alzada se procede a modificar las puntuaciones definitivas obtenidas en la fase de concurso del proceso selectivo por los aspirantes que se indican a continuación:

— La puntuación obtenida por D.a Ana María Feijoo Arias, del Cuerpo de Profesores de Educación Secundaria, especialidad Informática, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.2…0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 1.2…0.4375 puntos”, pasando su puntuación total de 2.1875 puntos a 2.4375 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Marta Remiro Va, del Cuerpo de Profesores Secundaria especialidad Intervención Sociocomunitaria, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1…0.0000 puntos, Apartado 2.1…0.0000 puntos y Apartado 3.2…0.0000 puntos”, debe decir “Apartado 1.1…0.3328 puntos, Apartado 2.1…3.0000 puntos y Apartado 3.2…2.0000 puntos”, pasando su puntuación total de 0.0000 puntos a 4.8328 puntos.

— La puntuación obtenida por D. José María Herráiz Osa, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional especialidad Mantenimiento de Vehículos, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 3.1….0.7900 puntos”, debe decir: “Apartado 3.1….2.0000 puntos”, pasando su puntuación total de 0.9358 puntos a 2.1458 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a María Jesús Fernández Rodríguez., del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Procedimientos de Diagnóstico Clínico y Ortoprotésico, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1.1….6.3000 puntos y Apartado 1.1.2….0.1167 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1.1….3.5000 puntos y Apartado 1.1.2….0.2917 puntos”, pasando su puntuación total de 9.7917 puntos a 7.1667 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Begoña García Rodríguez., del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Estética, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.3.1….0.0000 puntos, Apartado 1.3.2….0.0000 puntos y Apartado 3.1…1.4250 puntos”, debe decir: “Apartado 1.3.1….1.5750 puntos, Apartado 1.3.2….0.0750 puntos y Apartado 3.1…1.9250 puntos”, pasando su puntuación total de 3.9750 puntos a 4.5000 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Eduardo Gómez Nevado, del Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño especialidad Dibujo Artístico y Color, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 3.1….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 3.1….2.0000 puntos”, pasando su puntuación total de 8.5000 puntos a 10.0000 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Ana Sheila Rodríguez El Melhen, del Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño especialidad Fotografía, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 2.2.1….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 2.2.1….1.0000 punto”, pasando su puntuación total de 4.0000 puntos a 5.0000 puntos.

— La puntuación obtenida por D. José Antonio Manzanero Ercilla, del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, especialidad Lenguaje Musical, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1.1….3.5000 puntos y Apartado 1.1.2….0.0583 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1.1….4.9000 puntos y Apartado 1.1.2….0.5833 puntos”, pasando su puntuación total de 7.8583 puntos a 9.7833 puntos.

Cuarto

Por errores aritméticos detectados, se modifica el baremo definitivo de los aspirantes que se indican a continuación:

— La puntuación obtenida por D. Julio Drove Parmat, del Cuerpo de Profesores de Secundaria, especialidad Francés, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1.1….2.1000 puntos y Apartado 1.1.2….0.4083 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1.1….1.4000 puntos y Apartado 1.1.2….0.0583 puntos”, pasando su puntuación total de 4.6958 puntos a 3.6458 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Nicolás Ruiz Mayran, del Cuerpo de Profesores de Secundaria, especialidad Francés, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1.1….2.1000 puntos y Apartado 1.1.2….0.2333 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1.1….0.7000 puntos y Apartado 1.1.2….0.2917 puntos”, pasando su puntuación total de 5.3333 puntos a 3.9917 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Irene Serrano Laguna, del Cuerpo de Profesores de Secundaria, especialidad Francés, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 2.3….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 2.3….1.0000 puntos”, pasando su puntuación total de 7.2000 puntos a 7.7000 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Tamara Higueras Arroyo, del Cuerpo de Profesores de Secundaria, especialidad Inglés, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 2.2….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 2.2….1.0000 punto”, pasando su puntuación total de 5.6333 puntos a 6.6333 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Luis Margarida Amor, del Cuerpo de Profesores de Secundaria, especialidad Inglés, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1.1….2.8000 puntos y Apartado 1.1.2….0.5833 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1.1….2.1000 puntos y Apartado 1.1.2….0.2333 puntos”, pasando su puntuación total de 6.8383 puntos a 5.7883 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a María Dolores García Flores, del Cuerpo de Profesores de Secundaria, especialidad Inglés, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.2….1.5751 puntos”, debe decir: “Apartado 1.2….1.4584 puntos”, pasando su puntuación total de 5.9252 puntos a 5.8083 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a María de la Viñas López Herrero, del Cuerpo de Profesores de Secundaria, especialidad Inglés, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1….3.3830 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1….2.4500 puntos”, pasando su puntuación total de 5.8833 puntos a 4.9500 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a María Muñoz García, del Cuerpo de Profesores de Secundaria, especialidad Inglés, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1….1.9830 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1….0.9917 puntos”, pasando su puntuación total de 6.4800 puntos a 5.4917 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a María Jesús Escolar Pérez, del Cuerpo de Profesores de Secundaria, especialidad Inglés, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1….2.1966 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1….1.9750 puntos”, pasando su puntuación total de 6.1400 puntos a 4.9750 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Isabel Martínez Salas, del Cuerpo de Profesores de Secundaria, especialidad Inglés, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1….1.6915 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1…1.6333 puntos”, pasando su puntuación total de 3.8460 puntos a 3.7883 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Andrea Santamaría Campesino, del Cuerpo de Profesores de Secundaria, especialidad Inglés, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1….3.4824 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1….2.2167 puntos”, pasando su puntuación total de 5.7000 puntos a 4.7167 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Lucía Campos Sáez, del Cuerpo de Profesores de Secundaria, especialidad Inglés, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1….2.2166 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1….2.1583 puntos”, pasando su puntuación total de 7.7167 puntos a 7.6583 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Rubén Hernández García, del Cuerpo de Profesores de Secundaria, especialidad Inglés, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1….2.1583 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1….1.0500 puntos”, pasando su puntuación total de 5.1583 puntos a 4.0500 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Mª Jesús Rubio Martínez, del Cuerpo de Profesores de Secundaria, especialidad Orientación Educativa, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 2.2….1.0000 punto”, debe decir: “Apartado 2.2….2.0000 puntos”, pasando su puntuación total de 5.2167 puntos a 6.2167 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Mª Ester González Suárez, del Cuerpo de Profesores de Educación Secundaria, especialidad Orientación Educativa, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1….3.2080 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1….2.4160 puntos”, pasando su puntuación total de 6.2080 puntos a 5.4160 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Laura Quintana Díaz, del Cuerpo de Profesores de Secundaria, especialidad Orientación Educativa, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1.1….4.2000 puntos y Apartado 1.1.2….0.0583 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1.1….2.1000 puntos y Apartado 1.1.2….0.0583 puntos”, pasando su puntuación total de 8.7583 puntos a 6.6583 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Paula Rovira Rupérez, del Cuerpo de Profesores de Secundaria, especialidad Orientación Educativa, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1.1….2.1000 puntos y Apartado 1.1.2….0.4667 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1.1….1.4000 puntos y Apartado 1.1.2….0.1750 puntos”, pasando su puntuación total de 6.8292 puntos a 5.8375 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Mercedes García González, del Cuerpo de Profesores de Secundaria, especialidad Orientación Educativa, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.2….0.0000 puntos y Apartado 2.4.2….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 1.2….0.4084 puntos y Apartado 2.4.2….0.5000 puntos”, pasando su puntuación total de 9.3300 puntos a 10.0000 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Mª del Carmen Sánchez García, del Cuerpo de Profesores de Secundaria, especialidad Economía, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1.1….1.4000 puntos y Apartado 1.1.2….0.4667 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1.1….0.7000 puntos y Apartado 1.1.2….0.1167 puntos”, pasando su puntuación total de 4.9600 puntos a 4.1417 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Isidro San Vicente Barrera Alonso, del Cuerpo de Profesores de Secundaria, especialidad Economía, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 3.1….0.4000 puntos”, debe decir: “Apartado 3.1….2.0000 puntos”, pasando su puntuación total de 1.6875 puntos a 2.7875 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Sonia Carrillo Reyero, del Cuerpo de Profesores de Secundaria, especialidad Economía, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1.2….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1.2….0.3500 puntos”, pasando su puntuación total de 3.0000 puntos a 3.3500 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Mª Victoria Moreno Galilea, del Cuerpo de Profesores de Secundaria, especialidad Formación y Orientación Laboral, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1.1….0.7000 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1.1….1.4000 puntos”, pasando su puntuación total de 4.0500 puntos a 4.7500 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Verónica Torrico Silveria, del Cuerpo de Profesores de Secundaria, especialidad Administración de Empresas, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 2.1….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 2.1….1.0000 punto”, pasando su puntuación total de 3.0000 puntos a 4.0000 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Eva Domercq Alcaide, del Cuerpo de Profesores de Secundaria, especialidad Matemáticas, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1.1….2.1000 puntos y Apartado 1.1.2….0.0583 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1.1….1.4000 puntos y Apartado 1.1.2….0.2917 puntos”, pasando su puntuación total de 4.9333 puntos a 4.4667 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Fátima Morillas Gómez, del Cuerpo de Profesores de Secundaria, especialidad Geografía e Historia, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1.2….0.5833 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1.2….0.4667 puntos”, pasando su puntuación total de 4.2833 puntos a 4.1667 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Mª del Rocío Garrido Herrada, del Cuerpo de Profesores de Secundaria, especialidad Geografía e Historia, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1.1….1.4000 puntos y Apartado 1.1.2….0.6417 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1.1….0.7000 puntos y Apartado 1.1.2….0.2917 puntos”, pasando su puntuación total de 5.0417 puntos a 3.9917 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Alberto Teruel Guirao, del Cuerpo de Profesores de Secundaria, especialidad Geografía e Historia, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1.1….2.1000 puntos y Apartado 1.1.2….0.5250 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1.1….1.4000 puntos y Apartado 1.1.2….0.1750 puntos”, pasando su puntuación total de 5.6250 puntos a 4.5750 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Alfonso José García Rodríguez, del Cuerpo de Profesores Secundaria, especialidad Educación Física, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1…5.7750 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1….4.7250 puntos”, pasando su puntuación total de 7.7750 puntos a 6.7250 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Ángel Reyero Hernández, del Cuerpo de Profesores Secundaria especialidad Educación Física, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1…5.7167 puntos”, debe decir: “Apartado 1….4.3162 puntos”, pasando su puntuación total de 10.0000 puntos a 9.5000 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Abraham Muñiz Gracia, del Cuerpo de Profesores Secundaria especialidad Educación Física, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 2.3.2….0.0000 puntos” debe decir: “Apartado 2.3.2….1.0000 punto”, pasando su puntuación total de 8.7750 puntos a 9.7750 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Javier Sánchez de Miguel, del Cuerpo de Profesores Secundaria especialidad Educación Física, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1…2.3333 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1….1.6333 puntos”, pasando su puntuación total de 4.3333 puntos a 3.6333 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Sergio Redondo Quintero, del Cuerpo de Profesores Secundaria especialidad Educación Física, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1…2.1583 puntos”, debe decir: “Apartado 1….1.1667 puntos”, pasando su puntuación total de 5.3583 puntos a 4.3667 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Sonsoles García Sánchez, del Cuerpo de Profesores Secundaria especialidad Educación Física, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1…7.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1….6.6500 puntos”, pasando su puntuación total de 9.8000 puntos a 9.4500 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Ana Isabel Guijarro Florido, del Cuerpo de Profesores Secundaria especialidad Educación Física, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 2.3.1…0.0000 puntos” debe decir: “Apartado 2.3.1…1,0000 punto”, pasando su puntuación total de 7.0333 puntos a 8.0833 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Ana Isabel Paz Bermúdez, del Cuerpo de Profesores Secundaria especialidad Educación Física, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1.1…0.0000 puntos, Apartado 1.1.2…0.0000 puntos, Apartado 2.3.1…0.0000 puntos, Apartado 3.1…0.0000 puntos y Apartado 3.3.1…0.0000 puntos ” debe decir: “Apartado 1.1.1…4.2000 puntos, Apartado 1.1.2….0.2917 puntos, Apartado 2.3.1…1.0000 punto, Apartado 3.1…2.0000 puntos y Apartado 3.3.1…1.0000 punto” pasando su puntuación total de 0.0000 puntos a 7.5209 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Tania Leñador López, del Cuerpo de Profesores Secundaria especialidad Educación Física, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.3.1…0.1500 puntos” debe decir “Apartado 1.3.1…0.3000 puntos” pasando su puntuación total de 7.3708 puntos a 7.5208 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Alfonso Santamaría Sánchez, del Cuerpo de Profesores Secundaria especialidad Física y Química, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1…6.1250 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1….4.4917 puntos”, pasando su puntuación total de 8.1750 puntos a 6.5417 puntos.

— La puntuación obtenida por D. David Simón Garrido, del Cuerpo de Profesores Secundaria especialidad Física y Química, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1…3.2667 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1….2.1583 puntos”, pasando su puntuación total de 6.2667 puntos a 5.1583 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Eduardo Ruiz Requena, del Cuerpo de Profesores Secundaria especialidad Física y Química, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1…3.4417 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1….1.2250 puntos”, pasando su puntuación total de 3.4417 puntos a 1.2250 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Manuel Hidalgo Gutiérrez, del Cuerpo de Profesores Secundaria especialidad Física Y Química, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1….2.3330 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1….1.8083 puntos”, pasando su puntuación total de 4.1583 puntos a 3.6333 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Ricardo Torres Andrés, del Cuerpo de Profesores Secundaria especialidad Física Y Química, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1…2.1583 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1….1.6333 puntos”, pasando su puntuación total de 8.3583 puntos a 7.8333 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a María del Carmen de Torres Sánchez Simón, del Cuerpo de Profesores Secundaria especialidad Física Y Química, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1…2.1000 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1….1.5750 puntos”, pasando su puntuación total de 6.0500 puntos a 5.5250 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Eva Barroso Alba, del Cuerpo de Profesores Secundaria especialidad Tecnología, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 3….1.4350 puntos”, debe decir: “Apartado 3…. 1.6000 puntos”, pasando su puntuación total de 2.8350 puntos a 3.0000 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Germán Blanco Cañibano, del Cuerpo de Profesores Secundaria especialidad Tecnología, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.3…0.0000 puntos, Apartado 2… 0.0000 puntos y Apartado 3 ….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 1.3…0.1125 puntos, Apartado 2… 1.5000 puntos y Apartado 3 ….2.0000 puntos”, pasando su puntuación total de 0.0000 puntos a 3.1625 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Raquel Pérez Alonso, del Cuerpo de Profesores Secundaria especialidad Tecnología, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.3.1….0.0000 puntos, Apartado 1.3.2….0.0000 puntos, Apartado 2.2.1….0.0000 puntos, Apartado 3.1…. 0.0000 puntos y Apartado 3.3.1…. 0.0000 puntos” debe decir: “Apartado 1.3.1….0.1500 puntos, Apartado 1.3.2….0.0500 puntos, Apartado 2.2.1….1.0000 punto, Apartado 3.1…. 0.6500 puntos y Apartado 3.3.1…. 1.0000 puntos” pasando su puntuación total de 0.0000 puntos a 2.8500 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Mónica Marta Garrido Hernández, del Cuerpo de Profesores Secundaria especialidad Intervención Sociocomunitaria, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1…3.2667 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1….2.2750 puntos”, pasando su puntuación total de 8.6334 puntos a 7.9917 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Francisco Javier Cuevas Muñoz, del Cuerpo de Profesores Secundaria especialidad Intervención Sociocomunitaria, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.2…1.4292 puntos”, debe decir “Apartado 1.2…1.6917 puntos”, pasando su puntuación total de 7.6209 puntos a 7.8834 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Antonia Barrionuevo Nájera, del Cuerpo de Profesores de Secundaria, especialidad Procesos Sanitarios, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.2.1….0.3500 puntos y Apartado 1.2.2….0.3212 puntos”, debe decir: “Apartado 1.2.1….0.0000 puntos y Apartado 1.2.2….0.0000 puntos”, pasando su puntuación total de 6.0708 puntos a 5.4000 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Luis Cardo Maya, del Cuerpo de Profesores de Secundaria, especialidad Procesos de Producción Agraria, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1….6.1833 puntos y Apartado 1.2….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1….0.0000 puntos y Apartado 1.2….3.5000 puntos”, pasando su puntuación total de 8.1333 puntos a 5.4500 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Lorena Lorenzo García, del Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, especialidad Alemán, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 3.3.1….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 3.3.1….1.0000 punto”, pasando su puntuación total de 1.3500 puntos a 2.3500 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Irene Sánchez Pérez, del Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, especialidad Alemán, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 3.4…0.0000 puntos”, debe decir “Apartado 3.4…1.0000 puntos”, pasando su puntuación total de 4.5800 puntos a 5.5800 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Enrique Morcillo Rodríguez, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Equipos Electrónicos, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.2.2….0.5830 puntos”, debe decir: “Apartado 1.2.2….0.0292 puntos”, pasando su puntuación total de 5.5666 puntos a 5.5375 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Alicia Alcón Nájera, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Estética, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 2.3….1.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 2.3….0.0000 puntos”, pasando su puntuación total de 1.2400 puntos a 0.2400 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Antonia Alonso Mengual, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Estética, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 2.3….1.0000 punto”, debe decir: “Apartado 2.3….0.0000 puntos”, pasando su puntuación total de 3.2333 puntos a 2.2333 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a María de los Ángeles Barroso Romero, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Estética, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 2.3….1.0000 punto y Apartado 2.4….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 2.3….0.0000 puntos y Apartado 2.4….0.2000 puntos”, pasando su puntuación total de 4.2250 puntos a 3.4250 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a María Ascensión Bailón Gómez, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Estética, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 2.4….0.2000 puntos”, debe decir: “Apartado 2.4….0.0000 puntos”, pasando su puntuación total de 1.4083 puntos a 1.2083 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a María Luz Fradejas Gallego, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Estética, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 2.4….0.5000 puntos”, debe decir: “Apartado 2.4….0.7000 puntos”, pasando su puntuación total de 6.1750 puntos a 6.3750 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a María Luisa Hornero Jiménez, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Estética, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 2.3….2.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 2.3….1.0000 punto”, pasando su puntuación total de 6.8250 puntos a 5.8250 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a María Yolanda Llorens López, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Estética, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.2.1….0.0000 puntos, Apartado 1.2.2….0.0000 puntos, Apartado 2.3….1.0000 puntos y Apartado 2.4….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 1.2.1….0.3500 puntos, Apartado 1.2.2….0.1458 puntos, Apartado 2.3….0.0000 puntos y Apartado 2.4….0.4000 puntos”, pasando su puntuación total de 10.0000 puntos a 9.4000 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Isabel Martínez Fernández, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Estética, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 2.3….1.0000 punto y Apartado 2.4….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 2.3….0.0000 puntos y Apartado 2.4….0.2000 puntos”, pasando su puntuación total de 2.5083 puntos a 1.7083 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Sara Moreno García, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Estética, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 2.3….1.0000 punto y Apartado 2.4….0.2000 puntos”, debe decir: “Apartado 2.3….0.0000 puntos y Apartado 2.4….0.0000 puntos”, pasando su puntuación total de 7.0333 puntos a 5.8333 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Ingrid Manon Mozetich Napoli, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Estética, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 2.2….1.0000 punto”, debe decir: “Apartado 2.2….2.0000 puntos”, pasando su puntuación total de 3.3500 puntos a 4.3500 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Gertrudis Martínez Rosales, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Estética, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 2.3….1.0000 punto”, debe decir: “Apartado 2.3….0.0000 puntos”, pasando su puntuación total de 2.6500 puntos a 1.6500 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Inés Palomo Fernández, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Estética, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 2.2….1.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 2.2….2.0000 puntos”, pasando su puntuación total de 6.0000 puntos a 7.0000 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a María de los Ángeles Rodríguez Calero, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Estética, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 2.3….1.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 2.3….0.0000 puntos”, pasando su puntuación total de 3.0000 a 2.0000 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Ainara Romo Martín, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Estética, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 2.4….0.2000 puntos”, debe decir: “Apartado 2.4….0.0000 puntos”, pasando su puntuación total de 2.2000 puntos a 2.0000 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a María José Soler García, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Estética, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 2.3….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 2.3….1.0000 punto”, pasando su puntuación total de 0.2000 puntos a 1.2000 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Beatriz Fernández Coso, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Estética, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 2.3….1.0000 punto”, debe decir: “Apartado 2.3….0.0000 puntos”, pasando su puntuación total de 2.6100 puntos a 1.6100 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Rosa Ana Martínez García de la Torre, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Peluquería, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 2.3….1.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 2.3….0.0000 puntos”, pasando su puntuación total de 9.8250 puntos a 8.8250 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Felicitas Santiago Rodríguez, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Peluquería, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 2.3….2.0000 puntos y Apartado 2.4….0.2000 puntos”, debe decir: “Apartado 2.3….1.0000 punto y Apartado 2.4….0.4000”, pasando su puntuación total de 3.7717 puntos a 2.9717 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a María Tenorio Gómez, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Peluquería, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 2.3….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 2.3….1.0000 punto”, pasando su puntuación total de 1.0000 puntos a 2.0000 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a María Palmira García Polanco, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Procedimientos de Diagnóstico clínico y Ortoprotésico, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1.1….7.0000 puntos y Apartado 1.1.2….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1.1….4.2000 puntos y Apartado 1.1.2….0.1167 puntos”, pasando su puntuación total de 10.0000 puntos a 8.3167 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Mario Muñoz Olmos, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Operaciones y Equipos de Producción Agraria, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1.1….2.1000 puntos y Apartado 1.1.2….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1.1….0.7000 puntos y Apartado 1.1.2….0.5833 puntos”, pasando su puntuación total de 5.6000 puntos a 4.7833 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a María Ángeles Camino Manzano, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Procesos de Gestión Administrativa, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.2.1….6.3000 puntos y Apartado 1.2.2….0.4083 puntos”, debe decir: “Apartado 1.2.1….5.6400 puntos y Apartado 1.2.2….0.5833 puntos”, pasando su puntuación total de 6.6875 puntos a 6.1625 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a María del Rosario de la Fuente Hernández, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Instalaciones Electrotécnicas, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.2.2….0.3208 puntos”, debe decir: “Apartado 1.2.2….0.1458 puntos”, pasando su puntuación total de 6.6958 puntos a 6.3750 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Sergio Soria López, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Mantenimiento de Vehículos, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1.2….0.5250 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1.2….0.0000 puntos”, pasando su puntuación total de 7.1250 puntos a 6.6000 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a María Isabel Dolores Álvarez Marques, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Servicios a la Comunidad, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1.1….2.1000 puntos y Apartado 1.1.2….0.0875 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1.1….1.4000 puntos y Apartado 1.1.2….0.2625 puntos”, pasando su puntuación total de 10.0000 puntos a 9.6583 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Rafael Martín Santiago, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Servicios a la Comunidad, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1.1….4.9000 puntos y Apartado 1.1.2….0.1167 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1.1….3.5000 puntos y Apartado 1.1.2….0.4667 puntos”, pasando su puntuación total de 8.0167 puntos a 6.9667 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Susana Martín Segura, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Servicios a la Comunidad, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1.1….7.0000 puntos y Apartado 1.1.2….0.0583 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1.1….5.6000 puntos y Apartado 1.1.2….0.3500 puntos”, pasando su puntuación total de 10.0000 puntos a 9.1500 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a María Jesús Barrios Bellón, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Servicios a la Comunidad, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.2.1….4.2000 puntos y Apartado 1.2.2….0.0292 puntos”, debe decir: “Apartado 1.2.1….3.8500 puntos y Apartado 1.2.2….0.1750 puntos”, pasando su puntuación total de 7.7292 puntos a 7.0000 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Agustín Aguilera Martín, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Sistemas y Aplicaciones Informáticas, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.2.1….0.0000 puntos y Apartado 1.2.2….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 1.2.1….0.3500 puntos y Apartado 1.2.2….0.1750 puntos”, pasando su puntuación total de 4.0000 puntos a 4.5250 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Javier Pérez Ávilas, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Sistemas y Aplicaciones Informáticas, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1.1….0.0000 puntos y Apartado 1.2.2….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 1.2.1….0.3500 puntos y Apartado 1.2.2….0.2917 puntos”, pasando su puntuación total de 3.7000 puntos a 4.3417 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Rocio Venegas Venegas, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Soldadura, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1.1….2.1000 puntos y Apartado 1.1.2….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1.1….1.4000 puntos y Apartado 1.1.2….0.2917 puntos”, pasando su puntuación total de 3.5800 puntos a 3.1717 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Rosa M.a Plaza Santiago, del Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño especialidad Conservación y Restauración de Materiales Arqueológicos, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 2.1….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 2.1….1.5000 puntos”, pasando su puntuación total de 6.2750 puntos a 7.7750 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Arantzazu García Calderón, del Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño especialidad Dibujo Artístico y Color, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.2.1….1.4000 puntos y Apartado 1.2.2…..0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 1.2.1….0.7000 puntos y Apartado 1.2.2…..0.2625 puntos”, pasando su puntuación total de 6.2000 puntos a 5.7625 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Carlos Hernández Gelabert, del Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño especialidad Dibujo Artístico y Color, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.2.1….1.7500 puntos y Apartado 1.2.2….0.1167 puntos”, debe decir: “Apartado 1.2.1….1.0500 puntos y Apartado 1.2.2…..0.2917 puntos”, pasando su puntuación total de 7.3667 puntos a 6.8417 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Israel de San Secundino Herrera Cabrera, del Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño especialidad Diseño de Moda, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 3.1….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 3.1….0.1000 puntos”, pasando su puntuación total de 2.2500 puntos a 2.3500 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a María Tamames Sobrino, del Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño especialidad Diseño de Moda, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.3.2….0.0000 puntos y Apartado 1.4.1….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 1.3.2….0.1250 puntos y Apartado 1.4.1….0.1000 puntos”, pasando su puntuación total de 5.6167 puntos a 5.8417 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Raquel Curto Plaza, del Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño especialidad Fotografía, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.2.2….0.1167 puntos, Apartado 2.3.2….1.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 1.2.2….0.2333 puntos, Apartado 2.3.2….2.0000 puntos”, pasando su puntuación total de 6.1667 puntos a 7.2833 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Pablo Pedro Sanjurjo Perón, del Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño especialidad Fotografía, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.2.1….2.8000 puntos y Apartado 1.2.2….0.2042 puntos”, debe decir: “Apartado 1.2.1….1.7500 puntos y Apartado 1.2.2….0.0875 puntos”, pasando su puntuación total de 8.1459 puntos a 6.9792 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a María Dolores Rodríguez Melero, del Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño especialidad Esmalte, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 2.3.1….1.0000 punto” debe decir: “Apartado 2.3.1….0.0000 puntos”, pasando su puntuación total de 3.7950 puntos a 2.7950 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Elisa Gómez Casado, del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, especialidad Viola, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1.1….0.0000 puntos y Apartado 1.1.2….0.0583 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1.1….2.1000 puntos y Apartado 1.1.2….0.1750 puntos”, pasando su puntuación total de 3.0833 puntos a 5.3000 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Pilar Sancho Molina, del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, especialidad Danza Clásica, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1.1….2.8000 puntos, Apartado 1.1.2….0.2917 puntos, Apartado 2.4….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1.1….3.5000 puntos, Apartado 1.1.2….0.4667 puntos, Apartado 2.4….0.7000 puntos”, pasando su puntuación total de 7.5917 puntos a 9.1667 puntos.

— La puntuación obtenida por D.a Diana Caballero Llano, del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, especialidad Trompeta, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1.1….1.4000 puntos, Apartado 1.1.2….0.0583 puntos y Apartado 1.2.1….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1.1….0.0000 puntos, Apartado 1.1.2….0.1167 puntos y Apartado 1.2.1….0.3500 puntos”, pasando su puntuación total de 7.6041 puntos a 6.6125 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Jacobo Moya Lozano, del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, especialidad Tuba, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 3.4….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 3.4….1.0000 punto”, pasando su puntuación total de 4.7183 puntos a 5.6583 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Unai Insausti Eguía, del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, especialidad Guitarra, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.3.1….0.0000 puntos y Apartado 1.3.2….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 1.3.1….0.1500 puntos y Apartado 1.3.2….0.0750 puntos”, pasando su puntuación total de 4.0000 puntos a 4.2250 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Alejandro Díez Martínez, del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, especialidad Clarinete, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 2.1….0.0000 puntos, Apartado 2.4….0.0000 puntos y Apartado 3.1….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 2.1….1.5000 puntos, Apartado 2.4….1.0000 puntos y Apartado 3.1….0.6200 puntos”, pasando su puntuación total de 2.0000 puntos a 2.6200 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Carlos Amadeo Varela Pose, del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, especialidad Clarinete, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1.1….4.9000 puntos y Apartado 1.1.2….0.0000 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1.1….0.0000 puntos y Apartado 1.1.2….0.4083 puntos”, pasando su puntuación total de 8.6800 puntos a 4.8633 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Iván Martí Martorell, del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, especialidad Clarinete, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 1.1.1….5.6000 puntos, Apartado 1.1.2….0.0000 puntos y Apartado 1.3.2….0.1125 puntos”, debe decir: “Apartado 1.1.1….0.0000 puntos, Apartado 1.1.2….0.4667 puntos y Apartado 1.3.2….0.1250 puntos”, pasando su puntuación total de 8.9000 puntos a 3.8917 puntos.

— La puntuación obtenida por D. Francisco José Arillo Míguez, del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, especialidad Lenguaje Musical, se modifica en el siguiente sentido:

Donde dice: “Apartado 3.1….1.6100 puntos”, debe decir: “Apartado 3.1….1.8100 puntos”, pasando su puntuación total de 6.1425 puntos a 6.3425 puntos.

Quinto

Estas correcciones producirán los efectos que correspondan.

Sexto

De conformidad con los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

Madrid, a 19 de julio de 2018.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.

(03/25.277/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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