Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
23-07-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180723-94

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

94
Madrid número 10. Ejecución 105 de 2018, notificación a Proliferación Alta Ecológica Económica y Administración, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. ANA BELEN REQUENA NAVARRO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 10 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 105/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. TAMARA SANCHEZ TORRIJOS frente a PROLIFERACION ALTA ECOLOGICA ECONOMICA Y ADMINISTRACION SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

En Madrid, a veintiocho de junio de dos mil dieciocho.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Con fecha 18/01/2018 se declara la improcedencia del despido de Dña. TAMARA SANCHEZ TORRIJOS efectuado por la empresa PROLIFERACION ALTA ECOLOGICA ECONOMICA Y ADMINISTRACION SL con efectos desde 7/06/2017, con la obligación de la demandada a la readmisión del trabajador y al abono de los salarios de tramitación.

SEGUNDO.- Con fecha 15/06/2018 el demandante solicitó la ejecución de lo acordado alegando su no readmisión y pidiendo la extinción de la relación laboral con el abono de la indemnización legal correspondiente y los salarios devengados desde el despido hasta la extinción de aquella conforme a las circunstancias de la relación laboral reflejadas en el título de ejecución.

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de la ejecutante Dña. TAMARA SANCHEZ TORRIJOS frente a PROLIFERACION ALTA ECOLOGICA ECONOMICA Y ADMINISTRACION SL.

Notifíquese esta resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta 2508-0000-64-0105-18.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

Dña. MARIA LUISA SEGURA RODRIGUEZ

EL MAGISTRADO-JUEZ

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Dña. ANA BELEN REQUENA NAVARRO

En Madrid, a veintiocho de junio de dos mil dieciocho

El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 18/01/2018, a la empresa PROLIFERACION ALTA ECOLOGICA ECONOMICA Y ADMINISTRACION SL en favor del/de los demandante/s Dña. TAMARA SANCHEZ TORRIJOS y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social, sito en C/ Princesa, 3, Planta 3 - 28008, el día 02/10/2018, a las 10:40 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PROLIFERACION ALTA ECOLOGICA ECONOMICA Y ADMINISTRACION SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiocho de junio de dos mil dieciocho

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/22.851/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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