Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 178

Fecha del Boletín 
27-07-2018

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180727-67

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

67
Alcobendas. Régimen económico. Modificación presupuestaria

En la Intervención de esta Entidad Local y conforme disponen los artículos 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en relación con el artículo 169.2 del mismo texto; y 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se ha expuesto al público, a efectos de reclamaciones, el expediente de modificación presupuestaria que se indica a continuación, aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión de 26 de junio de 2018 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de julio) y que afecta al vigente presupuesto de la Entidad. La modificación y su resumen por capítulo es la siguiente:

Finalizado el plazo no se ha presentado reclamación alguna, por lo que el citado acuerdo se eleva a definitivo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Asimismo, en virtud del artículo 171.1 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer directamente contra el referenciado expediente de modificación del presupuesto general recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Alcobendas, a 24 de julio de 2018.—El secretario general del Pleno, accidental (por resolución de la DGAL, de la Comunidad de Madrid, de 28 de junio de 2018), Joaquín Emilio Tejeiro Trompeta.—Conforme, la interventora de Contabilidad y Presupuesto, Victoria Eugenia Valle Núñez.

(03/25.938/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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