Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 184

Fecha del Boletín 
03-08-2018

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180803-51

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VELILLA DE SAN ANTONIO

RÉGIMEN ECONÓMICO

51
Velilla de San Antonio. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la Convocatoria Decreto de la delegada del Área de Hacienda, Educación y Cultura, número 2025/2018 de 20 de julio de 2018.

BDNS (Identif.): 410067

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones correspondiente.

Primero. Objeto de la convocatoria y beneficiarios.—Tal y como se establecen en las bases reguladoras, la presente convocatoria regulará las ayudas públicas para la adquisición de libros de texto , material escolar o pago de cooperativa escolar destinadas a las familias con niños en edad escolar matriculados en los centros educativos de la localidad o de otros municipios en los ciclos de segundo ciclo de Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria, Especial o Formación Profesional Básica, correspondiente al curso 2018-2019. El artículo 3 de las bases que rigen la convocatoria establece los requisitos de los beneficiarios.

Segundo. Requisitos de los beneficiarios.—Podrán beneficiarse de estas ayudas públicas los solicitantes que cumplan todos los requisitos que a continuación se detallan:

1. Menores de dieciocho años, escolarizados en la etapa escolar señalada en el artículo 1, que estuvieren empadronados en el municipio con anterioridad al inicio del proceso de solicitud, con su madre, padre o tutor legal. En este último supuesto será necesario la acreditación mediante la aportación de sentencia judicial, de la persona que ostente la custodia del menor. Dicho dato será comprobado a través de padrón de habitantes de este Ayuntamiento.

2. Podrá superarse la edad de dieciocho años, en caso de mayores con discapacidad.

3. Los padres o tutores legales del beneficiario no deberán tener contraídas deudas con el Ayuntamiento. Esta circunstancia será comprobada por los servicios municipales correspondientes.

No se considerarán en situación de incumplimiento del requisito de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias los contribuyentes que tengan concedido o en trámite un aplazamiento o fraccionamiento de deudas, siempre y cuando no hubieran incumplido dentro de los plazos establecidos por la administración el pago del fraccionamiento que en su caso se le hubiera concedido con anterioridad.

La renta de la unidad familiar del año 2017 no podrá superar el umbral máximo especificado en la siguiente tabla (casillas 415 + 435 - 557).

Tercero. Bases reguladoras.—Las bases reguladoras relativa la otorgamiento de ayudas para libros de texto, material escolar o gasto de cooperativa escolar, destinadas a familias con hijos en edad escolar, correspondiente se podrán consultar en la web del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/08/07/BOCM-20170807-59 por 1002C0.PDF

Cuarto. Lugar y plazos de presentación de las solicitudes.—El plazo para presentar solicitudes será del 6 al 28 de septiembre del presente año.

Las solicitudes se proporcionarán gratuitamente en las oficinas del Ayuntamiento sitas en la plaza de la Constitución número 1 y en la web del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio (www.ayto-velilla.es ) y deberán ser presentadas en el Registro General del Ayuntamiento, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Quinto. Cuantía.—La Concejalía de Educación del Ayuntamiento de Velilla destinará un máximo de 30.000 euros para ayudas en concepto de libros, material escolar y/o pago de cooperativas escolares repartiéndose en función del número de solicitudes y umbrales máximos de las unidades familiares.

La ayuda no podrá superar los 200 euros de ayuda por beneficiario, resolviéndose las cuantías definitivas, en un plazo máximo de cinco días naturales, una vez revisado todas las solicitudes y agotado el tiempo de subsanación.

Sexto. Procedimiento de pago de las ayudas.—El importe subvencionado será satisfecho por el Ayuntamiento de Velilla de San Antonio, mediante transferencia bancaria, previa justificación de las mismas.

En Velilla de San Antonio, a 20 de julio de 2018.—La concejala de Educación, Josefa Gil García.

(03/26.162/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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