Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
06-08-2018

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180806-50

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

50
Leganés. Organización y funcionamiento. Delegación competencias

Con fecha 27 de junio de 2018, el alcalde presidente dictó el siguiente decreto 8367/2018:

“La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de junio de 2018, aprobó el cese, a petición personal, de don Reinaldo López Jiménez, como director general de Cultura, con fecha de efecto 22 de junio de 2018.

En base a la facultad establecida en el artículo 124.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 55 del Reglamento Orgánico Municipal, que atribuyen al alcalde la facultad de delegar y/o modificar competencias en concejales y directores generales, he resuelto:

Primero.—Modificar el decreto 6834/2015, de 28 de julio, por el que se delegan competencias en los concejales delegados y en los directores generales, de manera que las competencias delegadas en el director general de Cultura, establecidas en el apartado decimocuarto y las delegadas, con carácter general en los directores generales que dependen de un concejal/a delegado/a, establecidas en el apartado decimoctavo, pasan a ser asumidas por el concejal-delegado de Cultura y Festejos.

Segundo.—Notificar el presente decreto a los interesados y dar traslado del mismo a las Delegaciones afectadas, al resto de los servicios municipales y dar cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.

Tercero.—El presente decreto surtirá efecto a partir del día de su firma, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.

Leganés, a 24 de julio de 2018.—El alcalde-presidente, Santiago Llorente Gutiérrez.

(03/25.765/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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