Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
06-08-2018

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180806-52

Páginas: 11


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

OTROS ANUNCIOS

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Majadahonda. Otros anuncios. Notificación

Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local el 4 de junio de 2018, para la regularización de las condiciones de autorización de uso de diferentes instalaciones y espacios deportivos por parte de los clubes y entidades deportivas de Majadahonda.

Examinado el expediente, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad, actuando por delegación de la Alcaldía, según Resolución n.o 1238/2015, de 16 de junio, acuerda:

Primero.—Excluir las siguientes solicitudes por los motivos que se detallan a continuación:

14. Club de Rugby Majadahonda.

Documentación no aportada según artículo 8.2 Bases reguladoras:

h) Titulaciones y/o licencia federativa de todo el personal técnico que imparta la actividad.

19. C. D. Puerta de Madrid.

Documentación no aportada en requerimiento subsanación según artículo 8.2 Bases reguladoras:

h) Titulaciones y/o licencia federativa de todo el personal técnico que imparta la actividad.

25. C. F. Rayo Majadahonda.

Documentación no aportada en requerimiento subsanación según artículo 8.2 Bases reguladoras:

c) Fotocopia del código de identificación fiscal (CIF).

h) Titulaciones y/o licencia federativa de todo el personal técnico que imparta la actividad.

28. Club Salesianas El Plantío.

Documentación no aportada en requerimiento subsanación según artículo 8.2 Bases reguladoras:

h) Titulaciones y/o licencia federativa de todo el personal técnico que imparta la actividad.

Segundo.—Adjudicar la autorización de uso a los clubes y entidades deportivas que han aportado y subsanado toda la documentación exigida en la convocatoria, con sujeción a los criterios de valoración establecidos en las bases, por grupos de deportes y atendiendo a la disponibilidad de las Instalaciones deportivas, de acuerdo con la puntuación obtenida que se detalla a continuación y ordenadas las autorizaciones individualizadas por número de lote.

PUNTUACIÓN

AUTORIZACIONES DE USO POR LOTE















Tercero.—Esta autorización de acuerdo con el artículo cuarto de las bases reguladoras se otorgará por un período máximo de cuatro años, siendo el calendario de uso de instalaciones el comprendido entre el 1 de septiembre y el 30 de junio, estableciéndose para el primer año de autorización el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2018 y el 30 de junio de 2019”.

Esta certificación se expide a la vista del Borrador de Acta, de conformidad con lo previsto en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, a reserva de la aprobación de dicha Acta.

Y para que conste y surta los debidos efectos, expido la presente, de orden y con el visto bueno, por delegación de firma de la Alcaldía mediante Decreto de 18 de junio de 2015, del Sr. Concejal Delegado de Recursos Humanos, Régimen Interior, Servicios Jurídicos, Seguridad y Nuevas Tecnologías, en Majadahonda, a la fecha de su firma.—V.o B.o concejal-delegado de Recursos Humanos, Régimen Interior, Servicios Jurídicos, Seguridad y Nuevas Tecnologías (Firmado electrónicamente).

Contra este acuerdo, que es definitivo en la vía administrativa, puede presentar a su elección:

Recurso de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado este acuerdo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.

Recurso Contencioso-Administrativo directamente ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación de este acuerdo.

Si opta por presentar el recurso de reposición, el plazo para dictar resolución y notificación del mismo será de un mes; y contra la desestimación expresa, o presunta por el transcurso del plazo del mes, podrá presentar recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional en el plazo de dos meses desde la notificación, en el caso de resolución expresa, y en el plazo de seis meses desde la finalización del plazo para resolver en el supuesto de desestimación presunta.

Sin perjuicio de ello, podrá presentar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.

La interposición de recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución.

Majadahonda, a 19 de junio de 2018.—El concejal de Deportes (firmado).

(02/21.473/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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