Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
06-08-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180806-94

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

94
Madrid número 10. Procedimiento 1.163 de 2017, notificación a Hidrotermic Revestimientos, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ANA BELEN REQUENA NAVARRO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 10 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1.163/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. HERVE DOMINIC SANCHEZ UTRILLA frente a HIDROTERMIC REVESTIMIENTOS SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA n.º 144

En Madrid, a 17 de abril de 2018.

Don Francisco Javier Piñonosa Ros, Magistrado-Juez de Adscripción Territorial en funciones de refuerzo del Juzgado de lo Social nº 10 de Madrid, tras haber visto los presentes autos con nº 1163/2017 en materia de resolución de contrato y despido, seguidos a instancia de don Herve Dominic Sánchez Utrilla, con DNI 50432075-K, asistido por el Letrado don Domingo Carmelo Organero Vélez, contra la empresa HIDROTERMIC REVESTIMIENTOS S.L, que no comparece, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente

F A L L O

Estimo la demanda interpuesta por don Herve Dominic Sánchez Utrilla contra la empresa HIDROTERMIC REVESTIMIENTOS S.L, declaro la improcedencia del despido efectuado por la empleadora, condenando a aquella a que readmita al trabajador en las mismas condiciones anteriores al despido o a que, si así lo manifiesta por escrito o mediante comparecencia ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, le indemnice con la cantidad de 40.384,31 euros; así como, en el caso de proceder a la readmisión, a abonar los salarios devengados desde el despido hasta la efectiva readmisión, por importe diario de 53,05 euros.

Estimo la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por don Herve Dominic Sánchez Utrilla contra la empresa HIDROTERMIC REVESTIMIENTOS S.L y condeno a esta a abonar a aquel la cantidad de 11.541,21 euros, más el interés previsto en el art. 29.3 del Estatuto de los Trabajadores.

Se advierte a las partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta número 2508-0000-61-1163-17 del BANCO SANTANDER aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco Santander o presentar aval de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN. –En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.

DILIGENCIA: Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a HIDROTERMIC REVESTIMIENTOS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid a once de julio de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/24.666/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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