Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 189

Fecha del Boletín 
09-08-2018

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180809-94

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

94
Madrid número 29. Procedimiento 686 de 2018, notificación a Ibadesa Medical Finance, S. L., y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ELENA MÓNICA DE CELADA PEREZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 686/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ANDRES MACHO MUÑOZ, frente a IBADESA MEDICAL FINANCE SL, D./Dña. JUAN JOSE MORILLO PERALES, GESTION DENTAL AGRUPADA OVIEDO S.L., HOSPITAL DENTAL DE MADRID SL, CLIDENTIA SL y DENTAL MEDICAL FINANCE SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

Se ACUERDA LA ACUMULACIÓN del presente procedimiento a los autos nº 434/2018, del/de los que se sigue/n en el/los Juzgado/s de lo Social nº 32 de Madrid, discutiéndose en un solo proceso y decidiéndose en una sola resolución las cuestiones planteadas en todos ellos. Comuníquese a las partes esta resolución y una vez firme remítanse los autos al Juzgado requirente.

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta 2802-0000-00-1090-16.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a IBADESA MEDICAL FINANCE SL, GESTION DENTAL AGRUPADA OVIEDO S.L., CLIDENTIA SL y DENTAL MEDICAL FINANCE SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecinueve de julio de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/25.344/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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