Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 193

Fecha del Boletín 
14-08-2018

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180814-42

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

42
Villaviciosa de Odón. Organización y funcionamiento. Ordenanza instalación y explotación terrazas

Aprobación inicial de la ordenanza reguladora de la instalación y explotación de terrazas y quioscos y apertura de trámite de información pública.

El Pleno de la Corporación, en la sesión ordinaria celebrada el 26 de julio de 2018, aprobó inicialmente la ordenanza reguladora de la instalación y explotación de terrazas y quioscos.

En cumplimiento del artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se abre un trámite de información pública por un plazo de treinta días, a contar desde el siguiente a aquel en el que se publique este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que se puedan presentar sugerencias y alegaciones.

El texto de la ordenanza aprobado inicialmente podrá consultarse en la web municipal (https://www.aytovillaviciosadeodon.es/) y en la Secretaría General del Ayuntamiento, en horario de oficina.

Si no se presentan alegaciones y sugerencias dentro del plazo indicado, la ordenanza quedará definitivamente aprobada con el contenido aprobado inicialmente.

La aprobación inicial de la ordenanza es un acto de trámite contra el que no cabe interponer recurso, de acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, aunque se podrá manifestar la oposición a este acto de trámite para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.

Villaviciosa de Odón, a 27 de julio de 2018.—El alcalde-presidente, José Jover Sanz.

(03/26.729/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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