Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 195

Fecha del Boletín 
16-08-2018

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180816-36

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BRUNETE

URBANISMO

36
Brunete. Urbanismo. Plan General Ordenación Urbana

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Brunete, en sesión celebrada el 3 de agosto de 2018, acordó:

Primero.—Aprobar por parte del alcalde con carácter inicial el Plan Especial de Desarrollo del Plan General de Ordenación Urbana de Brunete del ámbito de regiones devastadas, conforme a lo previsto en el artículo 59.2.a) de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Segundo.—Abrir un período de información pública del Plan Especial y del Documento Ambiental Estratégico incorporado al mismo, por un plazo de cuarenta y cinco días hábiles, desde la publicación del presente acuerdo, de conformidad con lo señalado en el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, a fin de que puedan ser formuladas las alegaciones u observaciones oportunas, mediante la publicación del acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia.

Tercero.—Dar traslado de la documentación del Plan Especial de Infraestructuras a los diferentes organismos y entidades públicas que tengan previsto legalmente la emisión de los oportunos informes preceptivos y aquellos otros que, por razón de la posible afección de los intereses públicos por ellos gestionados, deban considerarse necesarios, con la finalidad de requerirles la emisión de dichos informes en plazo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.2.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, por lo que sin perjuicio de otros organismos, instituciones y entidades deberá notificarse a:

— Área de Protección de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid. Calle Arenal, número 18, tercera planta, 28013 Madrid.

— Subdirección General de Arquitectura de la Consejería de Transporte, Vivienda y Arquitectura. Calle Maudes, número 17, 28014 Madrid.

— Dirección General de Servicios Sociales e Integración Social de la Consejería de Políticas Sociales y Familia de la Comunidad de Madrid. Calle Los Madrazo, número 34, primera planta, 28014 Madrid.

— Consejería de Medio Ambiente para la emisión del Informe Ambiental Estratégico.

Cuarto.—Suspender el otorgamiento de licencias en el ámbito correspondiente del Plan Especial, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 120 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio. No obstante, podrán concederse licencias basadas en el régimen vigente, siempre que se respeten las determinaciones del nuevo planeamiento.

Quinto.—Facultar expresamente al señor alcalde-presidente de la Corporación para la ejecución del presente acuerdo.

Durante el período de información pública el expediente podrá ser examinado en el Departamento de Urbanismo de este Ayuntamiento, sito en plaza Mayor, número 1, en horario de lunes a viernes, de nueve a catorce.

En Brunete, a 3 de agosto de 2018.—El alcalde-presidente, Borja Antonio Gutiérrez Iglesias.

(03/27.424/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180816-36