Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 195

Fecha del Boletín 
16-08-2018

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180816-76

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORRES DE LA ALAMEDA

PERSONAL

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Torres de la Alameda. Personal. Plantilla de personal

El Pleno municipal del Ayuntamiento de Torres de la Alameda, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de julio de 2018, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

“Primero.—Aprobar inicialmente la modificación de la plantilla de personal municipal vigente, correspondiente a 2017, para incorporar las modificaciones de las plazas que serán objeto del proceso de estabilización de empleo temporal que se pretende realizar, de conformidad con el artículo 19, Uno, 6, de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, conforme figura en el anexo I de este acuerdo.

Segundo.—Someter el presente acuerdo a información pública por plazo de quince días mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante ese plazo los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes. Transcurrido dicho plazo, si no se han presentado alegaciones, se entenderá elevado a definitivo este acuerdo de aprobación inicial”.

Plazo de exposición: quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Lugar de exhibición del expediente: Secretaría General del Ayuntamiento.

Órgano ante el que se presentarán las alegaciones: El Pleno municipal.

Lo que se publica para su conocimiento y demás efectos, haciendo saber que este acuerdo es un acto de trámite y contra el mismo no se puede interponer recurso administrativo conforme a lo dispuesto en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que pueda alegarse por el interesado la oposición al mismo para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.

Torres de la Alameda, a 1 de agosto de 2018.—El secretario general, Pedro Vizuete Mendoza.

(03/26.874/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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