Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 202

Fecha del Boletín 
24-08-2018

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180824-44

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MEJORADA DEL CAMPO

CONTRATACIÓN

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Mejorada del Campo. Contratación. Mesa contratación

Constitución, composición y funciones de una Mesa de Contratación de carácter permanente para licitaciones de la competencia de la Alcaldía de conformidad con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.

La Alcaldía del Ayuntamiento de Mejorada del Campo, mediante Decreto 362/2018, de 16 de abril, aprobó la constitución, composición y funciones de una Mesa de Contratación de carácter permanente para licitaciones de la competencia de la Alcaldía, de conformidad con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, conteniendo la citada resolución la siguiente parte dispositiva, que se publica para general conocimiento:

Primero.—Constituir una Mesa de Contratación de carácter permanente para licitaciones de la competencia de la Alcaldía, con las funciones que le asigna el artículo 326.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, y los Reales Decretos 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como en los expedientes patrimoniales en los que exista licitación pública y pliegos con criterios que hayan de ser objeto de valoración, salvo que el órgano que haya de efectuarla se rija por normas legales o reglamentarias especiales.

En el caso de procedimientos patrimoniales, la Mesa de Contratación se denominará Mesa de Valoración.

Segundo.—Determinar la composición de los órganos colegiados a los que se refiere el pronunciamiento anterior, en los siguientes términos:

a) Presidente: el titular de la Alcaldía, don Jorge Capa Carralero, que será suplido por los titulares de las Tenencias de Alcaldía por orden de su nombramiento.

b) Secretario: el responsable de la unidad administrativa competente en materia de contratación, don José Carlos León Carralero, que será suplido por doña Raquel Barbas Montero, que actuarán con voz y sin voto.

c) Vocales:

— La titular de la Intervención municipal, doña Isabel Colino Martínez, que será suplida de conformidad con lo previsto en la normativa reguladora de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional.

— El titular de la Secretaría General, don Daniel Nogueira Martínez, que será suplido por el titular de la Vicesecretaría General, don Carlos Belmonte Gracia.

A las reuniones de la Mesa, y a solicitud de la Presidencia de la misma, podrá asistir el personal municipal asesor que resulte necesario según la naturaleza de los asuntos a tratar, el cual actuará con voz y sin voto.

Tercero.—Establecer que las actuaciones de los órganos colegiados a los que se refiere el pronunciamiento primero se regirán, además de por los artículos 21 y 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y la normativa específica de contratación pública, por lo establecido en la sección 3.ª del capítulo II del título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Cuarto.—Establecer que los órganos colegiados a los que se refiere el pronunciamiento primero actuarán en todas las licitaciones sujetas a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.

Quinto.—Dejar sin efecto los Decretos 591/2015, de 29 de junio; 613/2015, de 8 de julio; y 886/2017, de 21 de agosto, sin perjuicio de su aplicación transitoria a los procedimientos de contratación no sujetos a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.

Sexto.—Notificar este decreto a los miembros titulares y suplentes de la Mesa de Contratación.

Séptimo.—Publicar este decreto en extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Mejorada del Campo, a 8 de agosto de 2018.—El alcalde-accidental, Isidoro García Bravo.

(03/27.413/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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