Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 206

Fecha del Boletín 
29-08-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180829-39

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

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Madrid número 3. Ejecución 40 de 2018, notificación a Bife Argentino 96, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Ismael Pérez Martínez, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 40 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Sergio José Florentín Rojas, frente a “Bife Argentino 96, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado el siguiente auto del día de la fecha.

Parte dispositiva:

Se declara la extinción de la relación laboral que unía a don Sergio José Florentín Rojas y a la entidad mercantil “Bife Argentino 96, Sociedad Limitada”, a fecha de la presente resolución, 24 de julio de 2018, condenando a la misma al abono de la suma de 8.856,40 euros en concepto de indemnización, así como la suma de 18.291,66 euros por los salarios de tramitación.

De otra parte, procede condenar a la demandada a que satisfaga a la actora la cantidad de 2.406,46 euros en concepto de liquidación por saldo y finiquito.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2501-0000-64-0040-18.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma.—El ilustrísimo señor magistrado-juez, don Francisco José del Pozo Sánchez.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Bife Argentino 96, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 24 de julio de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/27.220/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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