Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 208

Fecha del Boletín 
31-08-2018

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180831-15

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

RÉGIMEN ECONÓMICO

15
Getafe. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de convocatoria de subvenciones dirigidas a asociaciones deportivas y/o entidades sociales sin fin de lucro para la realización de actividades en el ámbito del deporte para el año 2018.

BDNS (Identif.): 408786

De conformidad con lo dispuesto en el art. 1 de la OGS, el Ayuntamiento de Getafe, a través de la Delegación de Deportes, convoca subvenciones dirigidas a asociaciones deportivas y/o entidades sociales sin fin de lucro para la realización de proyectos en el ámbito del deporte para el año 2018.

Imputación presupuestaria

El presupuesto destinado a la presente convocatoria es de 300.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 2018/341.01.480.00 denominada “Transferencias corrientes a familias e instituciones sin fines de lucro. Actividades, promoción y fomento del Deporte”.

Proyectos subvencionables

Las subvenciones incluidas en el ámbito de actuación de la presente convocatoria cuya concesión se hará de acuerdo a los principios de objetividad, concurrencia y publicidad, tendrán como objeto la presentación de proyectos deportivos que se incluirán en alguna de las siguientes líneas conforme a la distribución presupuestaria de cada una de ellas:

Línea 1. Fútbol 7, fútbol 11 y fútbol sala: 40.000 euros

Línea 2. Otros deportes de equipo: competiciones nacionales e internacionales: 100.000 euros.

Línea 3. Otros deportes de equipo: competiciones autonómicas: 38.000 euros.

Línea 4. Gimnasias y artes marciales: 45.000 euros.

Línea 5. Deportes de raqueta y pala: 25.000 euros.

Línea 6. Atletismo y ciclismo: 22.000 euros.

Línea 7. Deportes minoritarios y fomento de las actividades deportivas en barrios: 30.000 euros.

En relación a los proyectos presentados se tendrá en cuenta:

— Solo se podrá solicitar subvención para un único proyecto y para una sola línea subvencionable. En el caso de que una entidad concurra a más de una línea de subvención, o concurriendo a una sola, presente subvención para más de un proyecto, la Unidad Administrativa de Deportes optará por valorar de entre los proyectos presentados aquel que más se adecúe a los objetivos y finalidades municipales.

— Si una entidad concurre a una línea de subvención, y esta delegación municipal considera, en función de las características del proyecto a subvencionar, que esta no es la adecuada, la unidad administrativa de Deportes procederá a encuadrar dicha solicitud de subvención en la línea subvencionable que más se ajuste a las características de su proyecto.

— No se admitirá el mismo proyecto que haya sido presentado para otras convocatorias de subvención del Ayuntamiento de Getafe para el año 2018.

Requisitos generales

De conformidad con lo establecido en el art. 2 de la OGS, podrán obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones previstas en la presente convocatoria:

— Asociaciones y entidades que tengan la forma jurídica de club deportivo elemental o básico.

— Asociaciones que cuenten con una sección deportiva formalmente constituida, cuyo objeto principal sea la práctica deportiva en alguna de sus especialidades.

Todas ellas deben cumplir, tanto los requisitos establecidos en el artículo 13 de la LGS como los siguientes:

A) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Getafe, teniendo sus datos actualizados, de conformidad con el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana y Descentralización del Ayuntamiento de Getafe, en el momento de apertura del plazo de presentación de solicitudes.

B) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Getafe, así como con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y la Seguridad Social. En relación a las obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Getafe, el solicitante deberá asegurarse con carácter previo de que no tiene deudas pendientes, ya que el requisito se deberá cumplir a la finalización del plazo de presentación de instancias.

C) No tener con el Ayuntamiento de Getafe deudas por reintegro de subvenciones en período ejecutivo, y ello conforme establece el artículo 21 del Reglamento de Subvenciones. Se considera por tanto, que concurre la circunstancia de ser deudor por tal concepto cuando exista resolución del órgano competente y haya transcurrido el plazo para el pago en período voluntario sin haber efectuado el mismo.

D) Estar en posesión de las correspondientes certificaciones negativas del Registro Central de Delincuentes Sexuales de los profesionales y voluntarios que tengan contacto habitual con dichos menores, al amparo de la Ley La Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor, modificada por la Ley 26/2015 y la Ley 45/2015, de voluntariado, en aquellos proyectos en los que participen menores de edad, la entidad estará obligada. El Ayuntamiento de Getafe podrá solicitar información relativa a esta obligación en el transcurso del desarrollo del proyecto, pudiendo solicitar copia de dichas certificaciones si lo considera necesario.

Solicitudes y documentación

A) Solicitud. Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo I a la presente convocatoria, y podrán ser recogidos, junto con el resto de impresos, en el Servicio de Atención al Vecino, sito en Plaza de la Constitución, 1 planta baja, en horario de lunes a jueves de 9.00 a 14:00 horas, y de 16:30 a 19:00 horas, viernes de 9:00 a 14:00 horas y sábados de 10:00 a 13:00 horas, y en la unidad administrativa de Deportes, sita en la C/ Daoíz, n.o 16, hallándose también disponibles en la sede electrónica (http://getafe.es).

Las solicitudes junto con la documentación requerida se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Getafe, o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPAC), siendo el plazo de presentación de solicitudes de 20 días hábiles (artículo 30.2 de LPAC) contados a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Cuando se inicie dicho plazo, esta convocatoria se publicará también en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Getafe, así como un su página web.

La presentación de la solicitud de subvención conllevará la aceptación de todas las obligaciones que pudieran corresponderle como beneficiario de la subvención concedida y el compromiso de facilitar la información y documentación que le solicite el Ayuntamiento de Getafe, a través de los órganos gestores.

B) Documentación que debe acompañarse a la solicitud:

a) Solicitud de subvención cumplimentada según modelo Anexo I.

b) Proyecto para el que solicita subvención, según modelo Anexo II, que incluya el presupuesto firmado por el representante legal y que deberá tener el grado de complejidad y desarrollo acorde con las características de las actuaciones a desarrollar.

En el proyecto se deberán describir todas y cada una de las actividades concretas que incluye el mismo.

c) Certificado de la Secretaría de la entidad, acreditativo de la representación de la persona firmante de la solicitud, de la composición de la Junta Directiva y de las características sustanciales de la entidad conforme modelo Anexo III. Dichos datos habrán debido ser comunicados convenientemente a los Registros Administrativos correspondientes.

d) Declaración responsable del representante legal de la entidad, conforme modelo Anexo IV acreditativa de:

— No hallarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del Artículo 13 de la LGS.

— Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como con el Ayuntamiento de Getafe.

— Si el concepto para el que se solicita subvención, ha sido objeto de solicitud o de concesión de ayudas por parte de otras entidades públicas o privadas, y en su caso, origen e importe.

— No se ha presentado ni se presentará el mismo proyecto para otras convocatorias de subvenciones del Ayuntamiento de Getafe para el año 2018.

e) Fotocopia del CIF de la persona jurídica solicitante.

f) Fotocopia del DNI o NIE del firmante de la solicitud.

g) Fotocopia de los Estatutos de la entidad.

h) Presupuesto anual de gastos e ingresos firmado por el representante legal de la entidad.

i) Impreso de comunicación de datos para pagos por transferencia en la cuenta que la entidad quiera que se haga efectivo el importe de la subvención, según modelo normalizado Anexo IX, adjuntando documento que justifique la persona representante legal de la entidad.

j) Certificaciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y de la Seguridad Social que acrediten la realidad de la declaración responsable presentada, es decir, de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en el caso de que el importe solicitado de la subvención supere el importe de 3.000 euros.

De conformidad con lo establecido en el art. 53.1.d de la LPAC, no será necesario presentar los documentos establecidos en las letras d, e, f, y g cuando estos no hayan sufrido modificación y estuvieran en poder del Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Getafe o en otras dependencias municipales, en cuyo caso, el solicitante deberá hacerlo constar por escrito, aportando cumplimentado el modelo Anexo VI.

Tampoco será necesario comunicar nuevamente los datos bancarios, apartado i), si obrasen ya en poder del Ayuntamiento y no hubiesen sufrido modificaciones.

Getafe, a 22 de junio de 2018.—El coordinador de área de Deportes, Esteban Muñoz Agudo.

(03/26.447/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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