Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 210

Fecha del Boletín 
03-09-2018

Sección 1.3.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180903-11

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES

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ORDEN 851/2018, de 23 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se conceden subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional para el año 2018.

Mediante la Orden 1104/2016, de 8 de abril, se establecieron las bases reguladoras de subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional, modificada por la Orden 1657/2017, de 11 de mayo, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte y por Orden 278/2018, de 6 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, se aprobó la convocatoria correspondiente al año 2018, de subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional.

El artículo 5.3 del Decreto 80/2017, de 25 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Consejería de Educación e Investigación y la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes y se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de septiembre de 2017), atribuye las competencias en materia de deportes a la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.

Vista la Propuesta de Resolución elevada por el Director General de Juventud y Deporte, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por la legislación vigente,

DISPONGO

Primero

Conceder subvenciones a los clubes deportivos madrileños por los equipos y en las cuantías que se relacionan en el Anexo de la presente Orden.

Segundo

El pago de estas subvenciones se realizará con cargo al subconcepto 48099 del Programa 336A del vigente Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2018, por un importe de 1.500.000 euros, previa presentación por los beneficiarios, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la presente Orden, del certificado a que se refiere el artículo 9 de la Orden 1104/2016, de 8 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional.

Tercero

Los beneficiarios quedan sometidos a las obligaciones establecidas en el artículo 13 de la Orden 1104/2016, de 8 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional.

Cuarto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno interponer.

En Madrid, a 23 de julio de 2018.

El Consejero de Cultura, Turismo y Deportes, JAIME MIGUEL DE LOS SANTOS GONZÁLEZ





(03/27.306/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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