Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 215

Fecha del Boletín 
08-09-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180908-6

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

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Madrid número 4. Procedimiento 1.267 de 2017, notificación a Biodan Yelah, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Herrero Barrero, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.267 de 2017 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Evangelina Muñoz Mayoral, frente a “Biodan Yelah, Sociedad Limitada”, y “Rosaud Costas Durán Concursal, SLP”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Estimo la demanda interpuesta por doña Evangelina Muñoz Mayoral contra “Biodan Yelah, Sociedad Limitada”, y el Fondo de Garantía Salarial, y condeno a “Biodan Yelah, Sociedad Limitada”, a hacerle pago de la cantidad de 14.522,28 euros, más sus intereses moratorios al tipo del 10 por 100 anual respecto de la cantidad de 12.125,03 euros, y absuelvo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus responsabilidades legales.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de la notificación del presente fallo, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite, la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad bancaria “Banco Santander”, sita en la calle Princesa, número 2: a) mediante ingreso número 2502-000000, número de autos con cuatro dígitos y año con dos; b) mediante transferencia IBAN ES55-0049-3569-9200-0500-1274, en concepto 2502-0000-00, número de procedimiento con cuatro dígitos y año con dos dígitos, o presente aval solidario de entidad financiera por el mismo importe; depositando, además, la cantidad de 300 euros y sin cuyos requisitos no podrá ser admitido el recurso.

Así, por esta, mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Biodan Yelah, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 2 de agosto de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia, María Herrero Barrero.

(03/27.796/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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